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Adelantan la rebaja de Ganancias para empresas que reinviertan

En 2018 la alícuota bajará del 35 al 30% y en 2020, al 25%; Hacienda buscó un mayor incentivo a la inversión con el cambio

por REDACCIÓN CHUBUT 20/11/2017 - 17.02.hs

El Gobierno adelantó un año la reducción de la alícuota del impuesto a las ganancias para las empresas que reinviertan sus utilidades y defendió la importancia de la reforma tributaria para fomentar las inversiones.

 

En el último texto de la reforma tributaria que ingresó al Congreso, la reducción de la alícuota del 35% se adelantó un año, para favorecer las inversiones, en sintonía con el resto de la reforma impositiva, que se debatirá en las próximas semanas.

 

Calificadas fuentes oficiales precisaron que en 2018 la alícuota de Ganancias para empresas pasará del 35 al 30%. En ese nivel se mantendrá en 2019 -año en el que en el primer borrador iba a bajar en esa misma proporción-, mientras que en 2020 ya regirá la alícuota del 25%. La fuente destacó la importancia de este cambio, junto con la reducción del pago de aportes patronales y de Ingresos Brutos, que sumarán un beneficio mucho mayor a las subas sectoriales puntuales en impuestos internos. Al respecto, consideró que los sectores empresariales deberían entender esta ecuación antes de quejarse por la suba de alguna alícuota.

 

Por otro lado, un funcionario destacó que también hay un cambio importante para fomentar el consumo a través de la eliminación del impuesto a los autos de gama media y a los artículos electrónicos.

 

A este paquete se suma el acordado con los gobernadores, que busca reducir en forma gradual el déficit fiscal consolidado de todo el país. "Es la reforma más importante de las últimas décadas, incluso más que la de 1993, porque ahora lo estamos haciendo en un contexto de alto déficit fiscal y alta presión tributaria", aclaró.

 

En este sentido, dijo que es razonable que algunos empresarios y economistas pidan una baja más rápida de la presión tributaria, pero aclaró que, si se hiciera así, aumentaría el déficit fiscal.

 

Por otro lado, según pudo se saber, parte del equipo económico estuvo analizando la posibilidad de implementar otro blanqueo de capitales, para sumar más recaudación y permitir el ingreso de bienes no blanqueados, sobre todo de Estados Unidos, ahora que entró en vigencia el acuerdo de intercambio de información tributaria con ese país. Dos funcionarios confirmaron que el tema se analizó, pero por ahora se decidió no implementarlo.

 

En Hacienda creen que si hubiera otro blanqueo habría que esperar bastante tiempo para que tuviese éxito y para no dar una mala señal a quienes ingresaron al último, que logró el sinceramiento de US$ 117.000 millones.

 

Por otra parte, algunos tributaristas del sector privado plantearon algunas objeciones respecto de la letra chica de la reforma.

 

Por un lado, Iván Sasovsky advirtió que con la reforma impositiva que tiene media sanción en Estados Unidos ese país podría pasar a ser considerado un "paraíso fiscal" por la Argentina una vez que se apruebe la reforma tributaria local. Esto se debe a que el gobierno de Trump dispuso una rebaja para la alícuota de las ganancias corporativas, llevándola a un nivel equivalente a la de un país de baja tributación. Esto implicaría un mayor costo para las operaciones e inversiones de Estados Unidos en la Argentina. Sin embargo, en Hacienda explicaron que tanto la baja de la alícuota de Ganancias aquí como en Estados Unidos son graduales y que, si se presentara ese problema, se enmendaría la letra de la ley para evitarlo.

 

La otra cuestión -conectada a la anterior- fue planteada por César Litvin, quien dijo que "los contribuyentes con portafolios financieros e inmobiliarios en el exterior generalmente lo tienen en una estructura jurídica tipo Trust o BVI. Con estas estructuras se obtienen en la ley vigente dos ventajas. En Estados Unidos, se evita el impuesto a la herencia; en la Argentina se difiere el pago de Ganancias hasta el momento en que se distribuyan utilidades. Es decir, la ganancia puede ser significativa, pero al no distribuirla no se paga impuesto", explicó. Pero en la reforma "se vuelve al criterio de países de baja o nula tributación (paraísos fiscales) y los beneficiarios finales de estas estructuras, sujetos residentes, deben pagar el impuesto con el mismo tratamiento que hubiera correspondido aplicar, de haberlas obtenido en forma directa, con lo cual se pierde el diferimiento en el pago del gravamen al momento de recibir dividendos", advirtió.

 

Fomento de las inversiones

35%

 

Tasa actual

 

Es la alícuota que rige hasta ahora para las empresas en el pago del impuesto a las ganancias

 

30%

 

Primer paso

 

Es la nueva tasa del tributo que regirá en 2018 para las empresas que reinviertan sus utilidades

 

25%

 

Meta final

 

Es la alícuota que entrará en vigor a partir de 2020, cuando concluya el proceso de reforma del impuesto

 

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