Esquel

Dictan sentencia en otro juicio por violencia de género en Esquel

Es uno de los tres juicios iniciado la semana pasada. El lunes pasado tuvieron lugar los alegatos en los que la Fiscalía solicitó la declaración de responsabilidad por lesiones leves, privación ilegítima de la libertad y desobediencia, además de requerir la aplicación del agravante de género.

por REDACCIÓN CHUBUT 27/06/2017 - 00.00.hs

La Defensa cuestionó la falta de prueba y pidió al juez que lo absuelva por falta de prueba y por duda razonable. El martes 25 de Julio a las 12 hs. será la lectura de sentencia. 

 

Se trata de una pareja muy joven. Empezaron su noviazgo cuando estaban en la escuela, ya en ese entonces comenzaron a observarse situaciones de violencia. El imputado accedió a una Suspensión de Juicio a Prueba. La relación continuó, llegó la convivencia, el embarazo y el nacimiento de un hijo. La familia de la adolescente se oponía a la relación porque veían evidencias del maltrato, pese a que ella no les contaba lo que ocurría o mentía sobre el origen de las lesiones cuando eran evidentes.

 


Sintéticamente este es el caso que la fiscal María Bottini llevó al debate. La magistrada indicó que se observa una relación jerarquizada en la que el imputado detentaba el poder y se aprovechaba de esa disparidad para ejercer actos de violencia física y psicológica. Estos malos tratos se produjeron incluso durante el embarazo y también con posterioridad. La familia indicaba que no era posible hablar con ella en privado. Cuando la llamaban por teléfono atendía el imputado o si lo hacía ella era con altavoz.

 


Horacio Hernández planteó que la Fiscalía no analizó prueba en su alegato, sino que dio una charla y lo mismo se vio obligado a hacer él porque no hay prueba, por lo tanto no puede haber un fallo de culpabilidad. El letrado sostuvo que solo se cuenta con los dichos de la víctima. Luego se ocupó de cuestionar la acusación en relación a cada uno de los delitos. Sobre la desobediencia puso en duda que hubiera sido claramente notificado el alcance de la prohibición y que el imputado hubiera podido interpretarla debidamente. Respecto de la privación de la libertad, negó que los hechos configuren ese delito. En tanto que, en relación a las lesiones leves, reconoció que hay mayor prueba, pero que cabe la duda razonable y que sería injusto aplicar condena por un hecho leve, generando un antecedente penal.

 


El abogado razonó que los hechos fueron “agrandados” por la familia de la víctima, para aprovechar y lograr que se separe, ya que el imputado no era alguien apropiado para la joven. “Yo que el padre hubiera hecho lo mismo para separarla de Juan Carlos Olate, y más hubiera hecho…”, indicó. Hernández sostuvo que este “no es cualquier caso de violencia de género…”, procurando resaltar la falta de gravedad de los hechos. “No puede haber una condena que le atribuya responsabilidad sobre estos hechos. La duda razonable… la falta de prueba hace que el juez decrete la absolución...”, concluyó.

 

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