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La Corte Suprema de Justicia define cuál es el indice válido para pagos retroactivos a jubilados

El máximo tribunal se expedirá sobre un caso, el de Luis Orlando Blanco, pero su decisión se proyectará a unas 160.000 demandas que se tramitan en su seno y en el fuero federal y de la Seguridad Social en todo el país.

por REDACCIÓN CHUBUT 18/12/2018 - 10.15.hs

El tema a decidir es, si como pide el demandante, se debe usar el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), que en la gran mayoría de los casos da un porcentaje de aumento superior al que surge de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que aplica la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
El expediente de Blanco llegó a la Corte ante el recurso presentado por la Anses contra el fallo de segunda instancia que favoreció el demandante al cabo de más de una década de tramitaciones judiciales.
Dictada la sentencia que condenaba al pago del retroactivo, Anses expuso sus argumentos para que se efectuara por el índice RIPTE.
El ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, afirmó ayer que un fallo de la Corte Suprema desfavorable a la Anses "no debería tener impacto fiscal".
"Sería un fallo muy acotado que no debería tener impacto desde el punto de vista fiscal y económico en las arcas públicas”, aseguró a la prensa luego de asistir a una reunión de Gabinete en la Casa Rosada.
“Nosotros pensamos que (el fallo) estaría acotado a un caso individual y ello no cambiaría las condiciones sobre las cuales nos estamos manejando ni impactaría sobre las previsiones que tenemos respecto al equilibrio presupuestario en los próximos años”, apuntó Sica.

 

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