Puerto Madryn

Juezas penales explicaron la absolución de acusado de abuso sexual

Mediante una gacetilla de prensa enviada desde el Superior Tribunal de Justicia, las juezas Patricia Reyes, Patricia Asaro y Marcela Pérez dieron su versión sobre la absolución del sujeto que fue absuelto tras ser enjuiciado por un presunto abuso sexual, con conceptos referidos a la defensa, que argumentó que la víctima era “obesa” y con una particular mención a la revictimización, ya que al haber absuelto se supondría que no hubo víctima, a pesar de que, según trascendió, hay dos pericias médicas que acreditarían que hubo abuso.

por REDACCIÓN CHUBUT 20/04/2018 - 00.00.hs

Las juezas, “remarcaron que las pruebas presentadas fueron insuficientes y que la referencia efectuada por la Defensa con respecto a las características físicas de la denunciante, no influenciaron en el veredicto”.
“Las juezas penales de Puerto Madryn, Patricia Reyes, Patricia Asaro y Marcela Pérez enfatizaron que la decisión de absolver a un hombre acusado de abuso sexual contra su ex pareja estuvo fundamentada en la falta de pruebas presentadas por el Ministerio Público Fiscal. La Dra. Pérez reveló que ‘el lunes pasado se dio a conocer solo el veredicto exponiendo los lineamientos genéricos en forma sintética’ y aseveró que ‘de ninguna manera se tuvieron en cuenta las alegaciones de la Defensa en torno a la fisonomía de la denunciante para tomar la decisión como Tribunal. La magistrada remarcó que “los jueces debemos dictar sentencias en base a las pruebas producidas en debate, único requisito constitucional para condenar a un ciudadano, lo que no se logró en este caso’.
“La Dra. Patricia Reyes indicó que ‘se tuvo en cuenta la insuficiencia de pruebas para acreditar que el acusado haya obligado a la víctima a tener relaciones sexuales con intención de violarla. Solo eso estaba controvertido, el imputado admitió la relación sexual con su ex pareja, el punto crítico consistía en demostrar de qué manera la había obligado a mantener relaciones sexuales contra su voluntad”’.  Agregó que ‘este tópico no fue acreditado de ninguna manera por la Fiscalía, por lo que la única solución a este caso era el veredicto de la absolución’.
“La Dra. Patricia Asaro sostuvo que ‘la tarea específica del Ministerio Público Fiscal es elaborar una teoría del caso y probarla en debate frente al Tribunal y que con esa información debemos tomar una decisión fundada en derecho para resolver la situación del imputado. En esta causa en particular, ante la insuficiencia de la teoría probatoria prevaleció la duda y como consecuencia debimos dictar la absolución’.
“La magistrada subrayó que ‘la Defensa Técnica en el marco de su competencia y a fin de destruir la hipótesis de la Fiscal, hizo alegaciones en relación a las características físicas de la víctima y su asistido, pero esto de ninguna manera influyó en nuestra decisión’.
“Por último, las juezas expresaron que ‘ante la repercusión que el caso ha tenido en la opinión pública, sentimos la necesidad de efectuar estas aclaraciones, pero lo hacemos de manera escueta, porque no queremos re victimizar, ni profundizar sobre detalles de la causa pues violaríamos el deber de reserva, que estamos obligados a respetar, en favor de la denunciante’.
Según se supo, el Ministerio Público Fiscal presentará la apelación al fallo absolutorio.
 

 

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