Regionales

La ley que anuló la venta de tierras con bosques nativos está paralizada y Conde irá a la Justicia

 Fiscalía de Estado debía resolver cuáles fueron las operaciones, ventas de tierras con bosques nativos alcanzadas por los decretos 712/04 y 74/05, que fueron derogados. El diputado Conde activará mecanismos judiciales. 

por REDACCIÓN CHUBUT 11/11/2019 - 02.16.hs

En mayo de 2019 se aprobó una ley que declaró nulos los decretos instrumentados en la primera gestión de Mario Das Neves que permitieron vender tierras con bosques nativos. Posteriormente, el gobernador Mariano Arcioni la vetó y la Legislatura la dejó firme tras conseguir los dos tercios necesarios. Desde esa vez ya pasaron casi 180 días y el Gobierno provincial nunca promulgó ni publicó la ley. La norma fue impulsada por los diputados Alfredo Di Filippo y Sergio Brúscoli, por entonces ambos de Convergencia, y Viviana Navarro y Gabriela Dufour del FPV. 

 

La polémica con los decretos 712/04 y 74/05 giró en torno a dos ejes: La utilización de estas tierras para presuntos negocios inmobiliarios -según denunció la oposición- y la violación a la Constitución de la provincia del Chubut, ya que el proceso de enajenación de tierras con bosques nativos exige la aprobación con 4/5 de los votos de la Legislatura.

 

En diálogo con EL CHUBUT, el presidente del bloque Cambiemos, Eduardo Conde, anunció «vamos a promover los mecanismos judiciales instituidos para ese fin, de manera de compulsar el cumplimiento de los pasos desoídos del Gobierno y de esta manera poner en plena vigencia la ley y sus efectos».

 

PASIVIDAD DE FISCALIA DE ESTADO
El legislador de la UCR recordó que la ley que declaró la nulidad de ambos decretos establece que la Fiscalía de Estado en un plazo perentorio de seis meses «debe relevar los actos administrativos, contratos y títulos, emitiendo dictamen e iniciado las acciones judiciales declarativa de la nulidad dispuesta. Por ahora hay una pasividad sorprendente de Fiscalía de Estado».

 

No obstante, subrayó que las tierras recuperadas «serán concedidas a comunidades aborígenes y pobladores aledaños de escasos recursos para el desarrollo de labores que no afecten el ecosistema».

 

LOS ARGUMENTOS DEL EJECUTIVO
La norma que fue vetada por el Poder Ejecutivo en el mes de mayo centraba sus argumentos sobre la base de distintos argumentos, siendo el más relevante el alusivo a la afectación de los derechos dominiales adquiridos por el tercero de buena fe que tiene protección legal y constitucional del ordenamiento jurídico.

 

Para Conde, el Gobierno «erra con su valoración» sobre el tercero de buena fe porque «la legislación vigente, en particular el artículo 1919, segunda parte del Código Civil y Comercial, establece los casos en los que se presume la mala fe del adquirente y el primero alude a la nulidad manifiesta del título de origen, que aparece viciado tal cual puede observarse en el estudio del instrumento por el escribano interviniente».

 

«En el caso que nos ocupa, con revisar los antecedentes, el notario reparará claramente que el título nace defectuoso, al contrariar el ordenamiento legal y constitucional», finalizó Conde.
 

 

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