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Jefatura de Policía prohibió al personal «el uso de elementos complementarios» en el uniforme

La Jefatura de la Policía del Chubut resolvió prohibir al personal «el uso de elementos complementarios» en el uniforme. La adopción, impresa en la Circular 10 emitida el 10 de febrero y avalada por el ministro de Seguridad, Leonardo Das Neves, impide por ejemplo el uso de cámaras, que constituyen una herramienta imprescindible en los últimos tiempos que permitió al uniformado, inclusive, mayores garantías y una defensa fundada ante cualquier denuncia en su contra.

por REDACCIÓN CHUBUT 17/02/2022 - 00.00.hs

La polémica definición está emparentada con el memorándum remitido a las distintas dependencias policiales -conocido en diciembre del año pasado-, que establece cuál deberá ser el uso de la fuerza y armas de fuego por parte del personal policial de la provincia. Sobre este último, es preciso señalar que cuando ocurrió el ataque incendiario contra EL CHUBUT -y regía la nueva disposición- se limitaron las facultades del personal de la fuerza de seguridad; cuestión que puso en riesgo no solo la integridad de los uniformados, sino también la del personal del medio que aún permanecía en el interior del edificio.
Retomando a la última circular, está sellada por el director de Seguridad de la Policía, Cristian Sartor, y fue dirigida a los jefes de Unidad Regional de Comodoro Rivadavia, Esquel, Trelew y Puerto Madryn y responsables de Operaciones policiales.
Es oportuno señalar que la determinación se conoció luego de la secuencia captada por una agente de policía -ella misma reconoció el hecho en su cuenta de Facebook-, donde se observa a una funcionaria de la Agencia Provincial de Seguridad Vial alejando a un conocido, en supuesto estado de ebriedad, de un control de alcoholemia, evitando que se lo someta al test obligatorio.
Las imágenes generaron el repudio generalizado de los vecinos por ciertas excepciones que habría con amistades de funcionarios que trabajan en la agenda preventora. Conocida la resolución policial, ningún agente de policía podrá filmar las actuaciones, cuestión que también desprotegería al uniformado ante el inicio de un proceso en su contra, a partir de la omisión de la prueba.
Los analistas, revelada la decisión errática avalada por el ministro de Seguridad, Leonardo Das Neves, no demoraron en idealizar inmediatamente con el ocultamiento de la información, a partir de la intervención de la fuerza en delitos de diversa índole. Un acto en desmedro del acceso a la documental, garantizado por el sistema democrático que rige la república. 

 

PROHIBICIONES
La nota esgrime que «habiéndose detectado que personal policial convencional utiliza elementos y accesorios en el uniforme que no encuentran normalizados (.), a partir del día de la fecha -10 de febrero-, deberán notificar y hacer cumplir a la totalidad de los efectivos policiales bajo sus órdenes, el estricto acatamiento en lo que respecta al uso del uniforme utilizado en forma regular, jerarquías, etcétera, quedando terminantemente prohibido la utilización de distintivos o insignias no autorizadas, como otros complementos (morrales, llaveros, elementos de sujeción, etcétera) suspendidos en el chaleco balístico y de pistoleras tipo ‘muslera’».
«Por otra parte, (se ordena) la debida postura que deberán tener en todo momento, estando totalmente vedado el cruce de brazos en el interior del chaleco balístico. El incumplimiento al presente dará lugar a la sanción administrativa correspondiente», cierra la nota de la Jefatura de Policía.
Seguramente la disposición será motivo de consulta cuando se celebre la próxima reunión del Consejo de Bienestar Policía, aún sin fecha definida.

 

LINEAMIENTOS
El 18 de diciembre, el ministro Das Neves firmó un memorándum imponiendo una serie de «lineamientos y principios generales» sobre la intervención policial. Aquel documento esgrimió que «el ejercicio de la fuerza es siempre el último medio que debe utilizarse y sólo cuando otros mecanismos de diálogo hayan fracasado o, según las circunstancias del caso, cuando estos medios sean de imposible utilización o no sean los adecuados para lograr el objetivo». También indica instrucciones al personal policial, orientadas a prácticamente no utilizar la fuerza ni las armas, estableciendo además que «el personal policial deberá, antes de su utilización, identificarse y anunciar que utilizará el arma de fuego».
En el ítem referido al uso de la fuerza y en qué circunstancias, se plantea desde el Ministerio de Seguridad que «está prohibido efectuar disparos para controlar a personas que solamente se encuentran causando daños a objetos materiales». Con ese criterio, la Policía no actuó ante los hechos vandálicos contra EL CHUBUT ya que, como no se lastimó a nadie, solo hubo «daños materiales».

 

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