Rechazaron apelación del FPV y declararon desierto el recurso por la sesión especial en Legislatura
El bloque del Frente para la Victoria que conduce Javier Touriñán recibió un duro revés de la Cámara de Apelaciones de Trelew. Los jueces fueron terminantes con la presentación de los diputados kirchneristas que pedían la nulidad de la sesión especial de la Legislatura en la que se modificó el Reglamento Orgánico y se designaron dos nuevos secretarios.
por REDACCIÓN CHUBUT 24/05/2017 - 03.46.hs
La Sala «A» de la Cámara de Apelaciones de Trelew, integrada por los jueces Carlos Velázquez y Natalia Spoturno, fue categórica: Declaró «la deserción del recurso de apelación». Asimismo, dijo que la apelación posee una elevada «falta de legitimación activa» y «carece de fundamentos sólidos». El fallo puso de relieve un caso emblemático de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y alega que Touriñán «planteó justamente lo contrario».
El fiscal de Estado, Diego Martínez Zapata, ganó su segunda «batalla judicial» consecutiva contra el FPV, luego de que el juez de primera instancia, Martín Alesi, también haya desestimado el amparo presentado por Touriñán.
La contestación de la apelación de Martínez Zapata en representación del Estado provincial fue sólida para los jueces y de esta manera el FPV se va quedando sin margen de maniobra. La próxima instancia a la que deberá recurrir Touriñán es al Superior Tribunal de Justicia, pero con el atenuante de dos «fallos» categóricos de primera instancia y de la Cámara.
LOS FUNDAMENTOS
Spoturno precisó que «el miembro de un cuerpo legislativo que aspire a plantear con éxito una cuestión político-institucional para ser resuelta por el Poder Judicial, como la nulidad de una ley o una resolución por irregularidades en el procedimiento de formación de la voluntad del órgano que integra, debe demostrar nítidamente la existencia de un interés concreto, determinado por el daño directo a su derecho de función como legislador», situación que aquí «no fue demostrada».
La jueza ironizó que Touriñán utilizó como estrategia y argumento un antecedente donde la CSJN justamente rechazó.
En el caso Thomas, la CSJN «ha rechazado el control de constitucionalidad cuando no se advierte en el demandante la presencia de un agravio, desestimando la legitimación de legisladores para accionar en el interés general en que se cumplan la Constitución y las leyes, precisamente el fundamento utilizado por el diputado Touriñán para demostrar que se encuentra habilitado para deducir la pretensión de amparo».
«El amparista no tuvo en cuenta la doctrina de la Corte Suprema consolidada en el caso «Thomas», incurriendo en el error de alegar justo lo que constituye el fundamento para el rechazo de la demanda y no para inclinar la controversia a su favor».
Demostrando la escasa fundamentación de la apelación del FPV, Spoturno dijo que «no basta la alegación de que se promueve una demanda con el único interés de que se respete la Constitución, si a la vez no se invoca la titularidad de un derecho concreto que se encuentra amenazado o lesionado».
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