Esquel

Frentistas que no acepten obras por consorcios deberán pagar el pavimento a la Municipalidad

Por unanimidad se aprobó el último jueves en sesión ordinaria del Concejo Deliberante incorporar el Artículo 16 bis a la Ordenanza Nº 206/90 teniendo en cuenta la necesidad de actualizar la legislación municipal en materia de obras públicas con cargo a los frentistas.

por REDACCIÓN CHUBUT 26/10/2020 - 00.00.hs

En el caso de obras de pavimento por consorcios, a partir de ahora aquellos frentistas que no integren el consorcio no tendrán obligación con la empresa constructora, pero quedan obligados al pago a la Municipalidad de Esquel.
Para la modificación se tuvo en cuenta que algunos frentistas de las obras por consorcios no integran los mismos y en consecuencia no están obligados a suscribir contrato con la empresa seleccionada para la ejecución de la obra y, a los fines de facilitar la concreción de estas obras se hizo necesario establecer un mecanismo de financiación que contemple a todos los frentistas afectados por la misma. 
El nuevo artículo estipula que aquellos frentistas que no integren el consorcio, no contraen obligación alguna con la empresa constructora seleccionada por el consorcio, quedando obligados al pago a la Municipalidad de Esquel. Suscripto el plan de pagos con el frentista, la Secretaría de Hacienda procederá a cancelar a la empresa constructora la totalidad del monto correspondiente al beneficiario.
La iniciativa surgió a instancias del Frente Vecinal Esquel, desde donde presentaron el proyecto de ordenanza a fin de evitar distintos inconvenientes surgidos entre vecinos, empresas constructoras y el propio municipio.
Antes de la aprobación del proyecto, la concejala vecinalista María Martínez argumentó que existía «una zona gris en cuanto a lo que pasa con el 30% de los vecinos que no forman parte del consorcio, quienes entendemos que nada le deben a la empresa porque no hay una relación contractual, y le deben al Estado municipal».

 

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