Esquel

Operarios forestales levantaron bloqueo del Area Operativa ante posible desalojo de la Justicia

Finalmente ayer por la tarde se dio por finalizado la ocupación de los portones de acceso al Area Operativa Municipal por parte de los operarios forestales, tras una semana de conflicto en la que  se impidió la salida de los vehículos ubicados en el patio de esa área, entre ellos, los camiones recolectores de residuos y máquinas viales para el trabajo de arreglo en calles de ripio.
 

por REDACCIÓN CHUBUT 09/08/2022 - 00.00.hs

El piquete finalizó alrededor de las 16 hs. luego de que manifestantes no cumplieran con el compromiso firmado el viernes ante Fiscalía, en la instancia de conciliación, en la que se estableció dos horarios, por la mañana y por la tarde, para que el Municipio pudiera sacar los vehículos del área operativa.
Por su parte, los operarios forestales acusaron al Municipio de no respetar el acuerdo, moviendo vehículos fuera el horario acordado.
Lo cierto que ayer por la tarde, los trabajadores que reclaman la reactivación del Programa de Poda y Raleo decidieron levantar el acampe, ante la posibilidad de un desalojo por la fuerza.

 

NUEVA INTERVENCION DE LA FISCALIA

 

Previamente, se hicieron presentes en el lugar representantes del área de Soluciones Alternativas de Conflicto (SAC) del Ministerio Público Fiscal Esquel, llegando a un nuevo acuerdo conciliatorio con el grupo de trabajadores desocupados.
La Fiscal Jefa del Ministerio Público Fiscal Esquel, Dra. María Bottini, envió una nota al Jefe de la Unidad Regional Esquel informándolo del incumplimiento del acuerdo firmado por los operarios forestales y solicitando que se constituya una comisión policial en esa dependencia municipal y proceda a identificar a la totalidad de personas que realizaban el reclamo en ese lugar, haciéndoles saber que debían permitir el ingreso y egreso de los camiones destinados a la recolección de residuos a fin de que se garantice el normal funcionamiento del servicio, bajo apercibimiento de la comisión de los “delitos de desobediencia y turbación de posesión y/o tenencia de inmueble” (Arts. 239 y 181 inc. 3 del C. Penal) y que en caso de no acatar el requerimiento se proceda conforme lo establecido en el Código Procesal Penal respecto a los “delitos de flagrancia” (conforme lo establecido por la instrucción 7/09 P.G.).
Por este motivo, ante el posible desalojo por la fuerza, los operarios forestales decidieron levantar la medida y retirarse, solicitando abrir el diálogo con el Municipio, para que se analice la posibilidad de contratos para efectuar la tarea de poda y raleo en bosques comunales.

 

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