Nuevas condiciones para que los clubes de barrio accedan a los subsidios a las tarifas de luz y gas
Los establecimientos deberán volver a revalidar su inscripción y cumplir con los recientes requisitos. Tendrán 90 días para realizar el trámite.
por REDACCIÓN CHUBUT 10/09/2025 - 19.33.hs
El Gobierno aprobó el proceso de revalidación de inscripción para que los clubes de barrio puedan acceder a los subsidios de las tarifas de luz y gas.
La medida fue formalizada este miércoles a través de la disposición 4, publicada en el Boletín Oficial. A fines de junio, la decisión fue adelantada por el vocero presidencial, Manuel Adorni.
Así, aquellas instituciones que accedían a la subvención estatal en las boletas de luz y gas deberán volver a revalidar esos beneficios.
Para ello, cada institución deberá validar su permanencia en el esquema mediante la plataforma TAD (Trámite a Distancia) y completar una declaración jurada. Tendrán un plazo de 90 días para realizar el trámite.
Desde el Gobierno aclararon que no se otorgarán subsidios en aquellas entidades donde "su situación financiera está sostenida por el aporte de socios con capacidad contributiva”.
Y subrayaron que no es coherente la otorgación de una subvención estatal para aquellos clubes “cuya matrícula no está abierta a la comunidad o que desarrolla actividades deportivas que requieren un manifiesto alto poder adquisitivo”.
“La falta de control de las inscripciones llevó a que quedaran incluidas como beneficiarias instituciones deportivas o recreativas que no cumplen con la definición legal de Clubes de Barrio y de Pueblo, lo cual deberá ser subsanado mediante un reempadronamiento o, en su caso, la revisión de las inscripciones existentes, a fin de minimizar el desvío de la ayuda hacia quienes no la necesitan”, señala la disposición.
Los clubes de barrio que accedían a subsidios en las tarifas de lus y gas deberán volver a revalidar esos beneficios. Los mismos deberán cumplir una serie de requisitos:
Contar con personería jurídica vigente y domicilio legal en Argentina;
Antigüedad mínima de tres años desde su creación;
Poseer entre 50 y 2000 socios.
No realizar actividades deportivas profesionales.
Deben encontrarse incluidas en el “Registro de Beneficiarios- Clubes de Barrio Res. SE 992/21″.
No podrán volver a acceder a los subsidios si la matrícula del club no está abierta a la comunidad. Ni si se desarrollan actividades deportivas que requieren un alto poder adquisitivo.
Cada entidad interesada deberá validar su permanencia del beneficio mediante la plataforma TAD (Trámite a Distancia) y completar una declaración jurada. Tendrán un plazo de 90 días para realizar el trámite.
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