Ley de Defensa de la Soberanía: los principales puntos del proyecto enviado al Congreso
La iniciativa crea un Consejo de Seguridad Nacional, amplía las sanciones por explotación no autorizada de recursos en Malvinas y la Plataforma Continental, y establece nuevas herramientas frente a amenazas externas.
por REDACCIÓN CHUBUT 17/09/2026 - 09.40.hs
El Gobierno nacional envió al Congreso el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, una iniciativa que propone modificar el régimen vigente sobre la explotación no autorizada de recursos naturales en las Islas Malvinas y la Plataforma Continental Argentina, además de incorporar nuevas herramientas en materia de seguridad y defensa.
El proyecto contempla la creación de un Consejo de Seguridad Nacional, modifica la Ley de Defensa Nacional y establece mecanismos para la protección del espacio aéreo, marítimo y de infraestructuras críticas. También incorpora nuevas restricciones frente a determinadas acciones de actores extranjeros y eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
Los principales puntos de la iniciativa
1. Más sanciones por la explotación de recursos en Malvinas
El proyecto propone reemplazar la actual Ley 26.659 y ampliar las prohibiciones. Ya no estarán limitadas a los hidrocarburos, sino que alcanzarán cualquier aprovechamiento no autorizado por la Argentina de recursos naturales renovables y no renovables en las Malvinas, sus espacios marítimos e insulares y la Plataforma Continental.
Las sanciones también podrán alcanzar a proveedores, socios, accionistas y controlantes de las empresas involucradas. Las penas previstas llegan hasta los 20 años de prisión, además de multas e inhabilitaciones.
2. Las empresas sancionadas no podrán operar en Argentina
La inhabilitación implicará la prohibición de desarrollar actividades económicas en el país, la revocación de habilitaciones, el cese de beneficios impositivos o previsionales y la rescisión de contratos.
Además, se creará un registro público de infractores. Tanto el Estado como los particulares tendrán prohibido contratar con las personas o empresas incluidas en ese listado.
El proyecto también incorpora la posibilidad de aplicar el juicio en ausencia para los delitos contemplados en la nueva normativa.
3. Creación del Consejo de Seguridad Nacional
El nuevo organismo estará encabezado por el Presidente e integrado de manera permanente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, la SIDE y la Secretaría Legal y Técnica.
Su función será coordinar estratégicamente las áreas diplomática, económica, militar, jurídica, cibernética y de inteligencia. También tendrá intervención en la protección de infraestructuras críticas.
El Gobierno había anticipado que este sistema buscará articular de manera transversal las áreas de Cancillería, Defensa, Inteligencia y Economía.
4. Uso de la fuerza para proteger el espacio aéreo y marítimo
Ante una aeronave considerada hostil, el proyecto establece una secuencia que comienza con su identificación y advertencia, continúa con una demostración de fuerza y contempla, como último recurso, el uso de la fuerza.
Esta última medida requerirá una orden expresa del Presidente, quien podrá delegar esa facultad en el ministro de Defensa.
Para los buques se establecen medidas progresivas que incluyen persecución, inspección, disparos de advertencia e inutilización. El hundimiento será excepcional y requerirá autorización presidencial.
Además, quedará prohibido utilizar el hundimiento como sanción contra un buque civil o simplemente con el objetivo de impedir su fuga.
5. Medidas frente a amenazas de Estados o actores extranjeros
El Consejo de Seguridad Nacional podrá disponer medidas urgentes ante una amenaza grave e inminente contra la seguridad nacional.
Entre las herramientas previstas figuran restricciones a operaciones cambiarias y financieras, bloqueo temporal de fondos y activos, suspensión de autorizaciones o contrataciones, restricciones a las importaciones y exportaciones y aumentos temporales de derechos aduaneros.
Las medidas deberán estar fundamentadas y contar con un plazo determinado. También deberán cesar cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su aplicación.
6. Nuevos delitos y límites a la influencia extranjera
La iniciativa establece restricciones a los aportes de extranjeros que no tengan residencia permanente y de personas jurídicas extranjeras a partidos políticos y campañas electorales.
También incorpora delitos vinculados con la revelación de secretos a Estados o servicios de inteligencia extranjeros y la colaboración material con operaciones clandestinas de inteligencia.
El proyecto contempla además sanciones para quienes, por cuenta o con financiamiento extranjero, realicen acciones destinadas a alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva. También incluye acciones destinadas a promover o financiar hechos de violencia o sabotaje.
Por último, la iniciativa redefine el alcance de la Defensa Nacional frente a amenazas externas tanto estatales como no estatales y establece por ley el RePET.
El registro contempla medidas como la inmovilización de bienes y la prohibición de realizar operaciones económicas o financieras con personas y entidades inscriptas por su vinculación con el terrorismo o su financiamiento.
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