Puerto Madryn

Los madrynenses disfrutaron hoy del primer día de actividades deportivas habilitadas

A pesar del día nublado y frío, un buen número de vecinos con terminación impar en su DNI se acercó a la zona habilitada para hacer deporte, al sur del monumento al Indio. 

por REDACCIÓN CHUBUT 23/05/2020 - 17.10.hs

Desde este sábado, con ciertas medidas preventivas, según DNI y restricción de horario, quedaron habilitadas las actividades deportivas dentro de una zona pública delimitada. 

 

A pesar del día nublado y frío, un buen número de vecinos se acercó a la zona habilitada para hacer deporte, al sur del monumento al Indio. 

 

Por la tarde, el intendente Gustavo Sastre, sostuvo que "los madrynenses actuaron con responsabilidad", y destacó el operativo realizado: "Este operativo nos permitió seguir cuidando a los vecinos y resultados nos dan la certeza de que podemos seguir flexibilizando"

 

Este domingo podrán disfrutar tanto pares e impares entre las 8 y las 17 horas que estará abierto el predio. Quienes se acerquen deberán llevar DNI y se permitirá el ingreso hasta las 16 horas.

 

¿Qué actividades están permitidas? 

 

Se podrá pescar de costa, caminar, trotar y carrera simple, de forma individual. Las actividades unipersonales en vehículos no motorizados como bicicletas rollers y actividades náuticas unipersonales de esparcimiento con acceso desde la costa.

 

Los días habilitados serán lunes, miércoles y viernes para los DNI terminados en número par.

 

Martes, jueves y sábados para DNI terminados en número impar.

 

Mientras que los domingos podrán hacerlo ambas terminaciones.

 

El rango horario será de 8 a 17 horas y el máximo para el ingreso será a las 16 horas, se deberá presentar la documentación necesaria para circular: DNI y documentación del vehículo, si correspondiera.

 

CARRILES

 

Para la práctica de las actividades permitidas se establecerá en la cinta asfáltica, tres carriles con las siguientes características:

 

1. Primer carril desde la derecha, exclusivamente para las actividades peatonales (correr, caminar).

 

2. Segundo carril desde la derecha, sugerida para las actividades con vehículos no motorizados (bicicletas, rollers, skates, etc).

 

3. Tercer carril desde la derecha, sugerida para la circulación vehícular exclusivamente para el acceso a las zonas costeras autorizadas. El desplazamiento de los vehículos deberá respetar la velocidad máxima de 30km/h. Asimismo, no se permitirá la circulación de vehículos con más de dos ocupantes en el interior de su cabina.

 

DISTANCIAS DE SEGURIDAD

 

Asimismo, durante la práctica deportiva, se deberá respetar las siguientes distancias de seguridad:

 

Para caminar, entre personas 4 metros en la trayectoria y 2 metros a los lados.

 

Para correr, entre personas 10 metros en la trayectoria y 2 metros a los costados.

 

Para los deportes practicados con vehículos no motorizados: entre personas, 20 en la trayectoria y 2 metros a los costados.

 

Pesca, entre personas, 20 metros.

 

RESTRICCIONES

 

No está permitido formar grupos para la práctica de las actividades autorizadas

 

No está permitido cocinar en el sector delimitado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Sólo se permitirá llevar mascotas con correa. Una vez concluida la práctica, recolectar los residuos generados para disponerlos en los domicilios particulares.

 

Se sugiere el uso de tapabocas o buff en la práctica de las actividades permitidas.

 

Realizar la elongación post ejercicios en los domicilios particulares, una vez concluida la práctica.

 

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