Regionales

Aún no se aplicó la devolución de lo cobrado de más a los usuarios

Luego de que el Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos resolviera que la Cooperativa Eléctrica de Trelew debía «abstenerse de emitir facturación con valores que no se ajusten a los cuadros tarifarios vigentes», y que «las próximas facturas recibidas por los usuarios deberán incluir de manera explicita la compensación de dicha diferencia», la prestataria no aplicó la devolución de lo cobrado de más -sin autorización de los concejales-, a los vecinos.

por REDACCIÓN CHUBUT 26/06/2022 - 00.27.hs

Si bien el Omresp no explicitó fehacientemente la forma o los mecanismos de devolución del dinero cobrado sin aval legislativo, en la resolución 30/22 detallada en la nota anterior, «instruye» a la entidad cooperativista a «abstenerse» de computar las actualizaciones con los valores vigentes. 

 

Cáceres, expresó que «estamos frente a otro incumplimiento, una situación de rebeldía por parte de la Cooperativa respecto al poder concedente». Ante el inoportuno no se descarta la posibilidad de avanzar con sanciones, como lo establece el contrato de concesión de los servicios públicos; incluso son facultades atribuibles al Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos. 

 

Las multas contra la entidad cooperativista estaban suspendidas, pero en diciembre de este año el Concejo Deliberante sancionó una ordenanza que suspende lo antes enunciado, y ahora posibilita nuevamente la imposición de sanciones.

 

El punto 4.2. del contrato de Energía basado en el capítulo «Reclamos por Errores de Facturación», el texto establece que «el usuario que se presente a reclamar argumentando un posible error de facturación (excluida la estimación), deberá tener resuelto su reclamo en la próxima factura emitida y el error no deberá repetirse en la facturación siguiente.

 

«Ante el requerimiento del usuario -continúa-, la concesionaria deberá estar en condiciones de informarle, dentro de los quince (15) días hábiles de presentado el reclamo, cuál fue la resolución con respecto al mismo». Y en caso de que el Omresp «detecte mayor número de estimaciones que las previstas del presente documento, percibirá de parte de la concesionaria una multa equivalente al treinta por ciento (30%) del monto de la facturación estimada, y derivará esta multa hacia los usuarios perjudicados.  

 

El apartado 5.5.3.3. «Reclamos por errores de facturación», instruye que «por incumplimiento de lo exigido en cuanto a la atención de los reclamos de los usuarios por errores en la facturación, la concesionaria abonará a los usuarios damnificados una multa equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto de la facturación objeto del reclamo». 

 

Lo que se facturó de más es una cifra abultada que no ofrece exactitud. Sin embargo, quienes están en el núcleo de la discusión, estiman que la cifra podría ser superior a los 150 millones de pesos. 
 

 

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