Policiales

Familias usurparon dos casas del IPV en Trelew

Los domicilios, ubicados en pasaje Santiago del Estero y calle Oscar Smith, son del Instituto Provincial de la Vivienda e iban a ser entregados. La fiscal de turno dispuso que se labren actuaciones.

por REDACCIÓN CHUBUT 18/09/2023 - 10.22.hs

El pasado domingo a las 06:22 el personal de la Comisaría Segunda fue alertado por la presencia de un Fiat Palio con actitud sospechosa en el lugar mencionado anteriormente.

 

Una vez allí, dieron con los serenos de una construcción, quienes manifestaron que dos familias ingresaron y usurparon dos viviendas en construcción del IPV que iban a ser entregadas.

 

Los uniformados procedieron a entablar diálogo con las partes y, através de la ventana de una de las casas, identificaron a los ocupantes. Estos expresaron que habían entrado con llaves, que se encuentran en situación de calle y no querían salir del interior del inmueble. Dos mujeres mayores de edad fueron identificadas.

 

Los serenos no encontraron las llaves, ya que estas las tienen los responsables de la obra. No hubo daños en las aberturas de las casas. Intentaron contactar con el dueño de la construcción, pero no tuvieron resultados.

 

Se le dio conocimiento a la fiscal de turno, la cual dispuso que se identifiquen a las personas, establecer medio de ingreso y que se labren actuaciones.

 

¿Cuándo se considera ocupación pacífica y cuándo usurpación?

Ocupar pacíficamente una tierra o comprar de buena fe a un ocupante anterior, no es un delito porque no es lo mismo que usurpar.

 

La usurpación sí es un delito penal e implica que una o varias personas quite/n la posesión o la tenencia, total o parcial, a otra/s persona/s usando la violencia, amenazas, engaños y/o abusos de confianza. Esto puede suceder invadiendo la vivienda, quedándose en ella o expulsando a quienes la habitaban.

 

En este sentido, todas aquellas ocupaciones o permanencias en terrenos que no se efectúen de esta manera no son delito.

 

Se debe tener en cuenta que si se está llevando a cabo un juicio penal por usurpación en un barrio relevado por el RENABAP, el mismo continuará a fin de demostrar si efectivamente se cometió un delito o se trató de una ocupación pacífica del terreno.

 

 
 

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