Caso Ángel: Seis meses de prisión preventiva para los imputados por solicitud de fiscalía
Esta mañana se concretó la audiencia de control de detención y formalización en contra de Mariela Altamirano y Michel González, en relación al homicidio del menor Ángel.
por REDACCIÓN CHUBUT 14/04/2026 - 18.53.hs
Los fiscales solicitaron se declare legal su detención, se les formalice el hecho en su contra y se dicte la prisión preventiva de ambos. Por su parte las defensas no se opusieron a la legalidad de la detención, pero si a que se formalice la investigación en su contra y se opusieron a la preventiva solicitando su libertad con medidas sustitutivas.
Finalmente, el juez penal resolvió declarar legal la detención de los imputados, autorizó la apertura de la investigación y dictó su prisión preventiva por seis meses como lo solicitara la fiscalía.
Luego de la presentación de las partes el fiscal Jefe requirió se declare legal la detención de ambos imputados Altamirano y González ya que la misma se produce por la solicitud de la fiscalía al juez penal de turno, quién autoriza la misma. El hecho investigado acontece entre el 1 y el 5 de abril del corriente año cuando la víctima, el menor Ángel López se encontraba bajo el cuidado de su madre Altamirano y de su pareja González. Éste último le aplica al menor al menos 20 golpes en su cabeza, lo cual le provoca diversas lesiones que llevan a su deceso el 6 de abril pasado en presencia de su madre Altamirano. Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio simple” para González y de “homicidio agravado por el vínculo” para Altamirano, ambos en calidad de “coautores”. Es decir que las acciones violentas eran ejecutadas por González y la madre no hizo nada, es decir comisión por omisión. Las lesiones que presentaba internamente el cuerpo del menor en la autopsia fueron provocadas por un tercero.
Por su parte el defensor de González, Alejandro Varas, acompañado por María de los Ángeles Garro, plantearon que no había elementos suficientes en la plataforma fáctica para achacar la calificación de homicidio a su asistido. “La inflamación cerebral puede tener varias causales, sostuvo la forense y que ambos tengan la guarda del menor no significa que son los autores del hecho. Oponiéndose a la apertura de la investigación en su contra.
Los fiscales solicitaron se rechace el planteo de la defensa ya que obran en el expediente indicios vehementes de su culpabilidad. El menor estaba a cargo de ellos dos y sufre lesiones traumáticas, expresó el fiscal Jefe.
Las defensoras de Altamirano, Vanesa Vera y Luciana Risso, también se opusieron a la apertura de investigación en cintra de su asistida. “El fragmento temporal que escoge la fiscalía es arbitrario. La forense da distintas acusas que producen la inflamación que le provoca la muerte, y dichos golpes no eran visibles de manera externa”.
Los fiscales solicitaron se rechace por infundado el pedido de las defensoras de Altamirano. Además, sostuvieron que existen elementos de convicción para sostener con probabilidad la coautoría de González y Altamirano, también existe peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Peligro de entorpecimiento ya que con su soltura pueden influir sobre testigos. Peligro de fuga ya que son dos personas foráneas y no tienen arraigo en Comodoro, es decir no se van a someter a proceso por la gravedad del hecho y la pena en espera, en caso de recaer condena. Por lo cual los fiscales pidieron la prisión preventiva de ambos coimputados por 6 meses.
Seguidamente ambos defensores se opusieron al pedido de los fiscales solicitando la libertad de sus asistidos, con medidas sustitutivas de presentaciones semanales ante la autoridad judicial y prohibición de salir de la ciudad sin autorización legal.
Para concluir el juez penal Alejandro Soñis resolvió declarar legal la detención de ambos imputados, autorizó la apertura de la investigación por el hecho y la calificación jurídica provisoria esgrimida por los fiscales y dictó la prisión preventiva de ambos imputados por 6 meses, en base a la gravedad del hecho y la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento, como lo solicitaran desde fiscalía.
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