Un año de prisión condicional para un efectivo policial por abuso sexual en la comisaría
El juez penal Alejandro Rosales emitió el fallo condenatorio contra el funcionario policial C.G.P. (50), declarado autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple en contexto de violencia de género.
por REDACCIÓN CHUBUT 16/09/2026 - 18.05.hs
En este marco, el magistrado decidió imponer al condenado la pena de 1 año de prisión en suspenso y las costas del proceso. Asimismo, resolvió que por el término de 2 años, C.G.P. deberá someterse al cumplimiento de reglas de conducta. En tanto, decidió no hacer lugar al pedido de inhabilitación perpetua realizado por la fiscalía. En este sentido, explicó que el suboficial no prestaba servicios en la comisaría de Sarmiento al momento del hecho. En consecuencia, no se configuraba la situación que prevé la agravante legal que invoca el Ministerio Público Fiscal.
El fallo
La sentencia contra el funcionario policial llevado a juicio por la procuradora Luciana Coppini y la funcionaria Tamara Bernardi indica : Condenando a C.G.P., como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, en contexto de violencia de género y en calidad de autor (artículos 119, primer párrafo y 45 del Código Penal, Ley n° 26.485 de Protección Integral de las Mujeres (artículos 4, 5, 6), y Ley XV n° 26 de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y de Equidad de Género (artículos 2, 5, 8 y 9), a la pena de un año de prisión cuyo cumplimiento se deja en suspenso y las costas del proceso, por el hecho ocurrido en esta ciudad el 12 de abril de 2025.
Por otra parte, le impone al condenado el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de 2 años. Durante ese período, C.G.P. deberá:
1) Fijar domicilio y la obligación de mantener informado al Tribunal y al MPF todo cambio del lugar donde resida.
2) No cometer nuevos delitos.
3) Disponer la prohibición de tomar contacto con la víctima, por cualquier medio, ya sea personal o a través de redes sociales e incluso por intermedio de otras personas respecto de la nombrada y la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de su vivienda, lugar de trabajo, esparcimiento, donde realice tareas con habitualidad, o que frecuente, y lugar donde ocasionalmente pueda encontrarse, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia (artículo 239 del Código Penal).
4) Conferir intervención al Cuerpo Interdisciplinario Forense de esta localidad, a fin de que se expida sobre la necesidad del causante de realizar un tratamiento psicoterapéutico.
5.) Imponer al justiciable la realización de un curso de capacitación en violencia de género.
6) Concurrir ante el Cuerpo de Delegados de Control local, cada cuatro meses.
7) No consumir estupefacientes, ni en exceso bebidas alcohólicas
El caso
El hecho investigado por la Procuradora Luciana Coppini y la funcionaria Tamara Bernardi, ocurrió en abril de 2025, en el sector de la cuadra de la Comisaría de Sarmiento, ubicada sobre Avenida San Martín y Avenida Ingeniero Coronel. Según consta en la denuncia, el funcionario policial desarrolló conductas inapropiadas contra una policía femenina que se encontraba en ese lugar, junto a un grupo de compañeros de trabajo.
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