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Comodoro: Condena contra Peugeot y concesionaria por vuelco de auto provocado por falla de fábrica

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia que declaró la responsabilidad solidaria de Peugeot Citroen Argentina y de una concesionaria, por los daños que sufrió una familia al volcar en la ruta a causa del desprendimiento de una rueda. El tribunal respaldó el fallo de primera instancia de la jueza María Valeria Freile y, además de la indemnización por daño moral, amplió la cobertura de los tratamientos psicológicos que las empresas deberán abonar.
 

por REDACCIÓN CHUBUT 21/09/2026 - 20.32.hs

Desde la UNPSJB determinaron que la causa prevalente fue la fractura de la maza de la rueda y una falla en el montaje del rodamiento, lo que provocó que el conductor perdiera el control y el auto diera varios vuelcos hasta quedar destruido. Como consecuencia, los integrantes de la familia sufrieron cuadros de angustia, depresión, estrés postraumático y temores para viajar por carretera.

La familia demandó a ambas empresas bajo el régimen de la Ley de Defensa del Consumidor y, en primera instancia, la jueza Freile determinó que el automóvil era un producto defectuoso, que no ofreció la seguridad esperable para un vehículo nuevo, y condenó a las dos firmas a pagar $19.148.000 por daño moral y gastos médicos. Ambas apelaron. Peugeot cuestionó la validez de las pericias, alegó la rotura de la cadena de custodia y sostuvo que el vuelco pudo deberse a un golpe externo o al mal estado de la ruta. Los camaristas Verónica Daniela Robert y Manuel Horacio Pis Diez rechazaron esos planteos, dieron validez a las pruebas técnicas y concluyeron que la rotura de la maza fue la explicación más verosímil, desestimando las conjeturas sobre pozos o golpes externos. Por último, la Cámara readecuó las partidas indemnizatorias y determinó que corresponden 53 sesiones de terapia individual para el padre y 53 para la madre. Además, ordenó a las empresas pagar las sesiones de apoyo psicológico que la madre y las hijas ya realizaron tras el accidente, a valores históricos con intereses a la tasa activa del Banco Nación. Las costas del juicio en ambas instancias fueron impuestas en su totalidad a la firma automotriz y la concesionaria.

 

 

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