Puerto Madryn

Concejales aprobaron la ordenanza de alcohol cero para conducir

En el día de ayer se llevó a cabo una nueva Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante de Madryn, y entre las medidas aprobadas estuvo el proyecto denominado «Tolerancia Cero al Conducir», el cual elimina el piso de tolerancia de 0,5 de alcohol en sangre y prohíbe el mínimo de alcohol para conducir. A su vez regulará las multas según las graduaciones que se encuentren entre los conductores al momento del control. 
 

por REDACCIÓN CHUBUT 11/11/2022 - 00.00.hs

Según se estableció, “el objetivo de disminuir la siniestralidad vial por el consumo de alcohol, estupefacientes u otro tipo de sustancias que alteren la capacidad de conducir”, y por lo tanto se prohíbe en todo el ámbito de la ciudad  manejar cualquier “tipo o especie de vehículos o medio de transporte, con una graduación de alcohol superior a lo establecido en la escala que consta en el Artículo 11º de la presente Ordenanza, o bajo la influencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicos o análogos, de conformidad con las previsiones del Artículo 2° de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449”.
Las multas se medirá en relación de los grados de alcohol en sangre y los módulos B que representará, iniciará desde 0.06 a 0.19 con 1.500 módulos; de 0.20 a 0.39 con 2.500; de 0.40 a 0.49 con 3.500; de 0.50 a 0.99 con 4.500 módulos, además tendrá retención vehicular, y se deberá realizar un curso de reeducación vial y tener un libre deuda municipal. 
En tanto, a partir de 1.00 a 1.99 será de 5.900 módulos; de 2.00 y más será de 7.000 y se sumará la retención vehicular, realizar el curso de reeducación vial y tener el libre deuda municipal, el cual no contará beneficios de eximiciones y condonaciones. 
Sobre los montos en dinero, el módulo desde el año entrante tendrá un valor de $96 pesos desde enero a abril; a partir de mayo y hasta agosto serán $124,80, y entre septiembre y diciembre con un valor de $162,25.

 

Reincidencias

 

En caso de que los infractores reincidan, se aplicaran los siguientes: Primera reincidencia, se le establecerá una multa de acuerdo a la escala fijada en el Artículo 11° referido a multas y graduación alcohólica con un recargo de 10%. En el caso de segunda y tercera reincidencia, el mismo criterio, con un aumento de 20% y 30%, respectivamente.
Por último, se establece que el municipio utilizará un 10% de la recaudado de las multas entre los tres primeros rangos para comprar, adquirir, calibrar y mantener los equipos e insumos que permitan “el control la detección, la educación, la concientización y toda otra medida prevista en el marco del programa Tolerancia Cero”.

 

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