Puerto Madryn

El CFP fija la captura máxima permisible para la vieira patagónica en 25.000 toneladas

El Consejo Federal Pesquero en su última reunión toman en cuenta la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos y que debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible para las distintas especies y que  el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) ha remitido el Informe Técnico Oficial sobre  “Evaluación de Biomasa de Vieira Patagónica y que  al mismo tiempo se evidencia una disminución de la biomasa de ejemplares menores.

por REDACCIÓN CHUBUT 28/02/2022 - 00.00.hs

En consonancia con los resultados las campañas realizadas en los últimos dos años,  propone implementar un área de cierre a la actividad pesquera, a fin de proteger la evolución en talla de ejemplares no comerciales

 

En función de ello el Consejo Federal Pesquero sugiere habilitar a la pesca el resto de la superficie que define la UM B, con el objetivo de facilitar la estrategia de exploración y búsqueda del recurso por parte de la flota comercial y el Instituto presenta diferentes alternativas a implementar respecto de las biomasas a extraer en la UM durante el año 2022, en el área factible de pesca, con una recomendación de CMP Captura Máxima Permisible de 36.181 toneladas, considerando el 40% del límite inferior del intervalo de confianza del estimador de la biomasa en el escenario tradicional. 

 

No obstante  el Consejo Federal Pesquero resolvió dejar sin efecto los artículos 3°, 4° y 5° de la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 18, de fecha 25 de noviembre de 2021, a partir del día 1° de marzo de 2022,  y establecer la Captura Máxima Permisible (CMP) de vieira patagónica  entera y de talla comercial, para la UM B, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en 25.000 toneladas. 

 

Además se prohíbe la captura de vieira patagónica en las áreas de la Unidad de Manejo (UM) B delimitadas por las coordenadas definidas por el  Consejo Federal Pesquero  en el ANEXO I de la presente resolución. La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1° de marzo de 2022 y podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada a partir de la información y las recomendaciones del Inidep.

 

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