El CFP fija la captura máxima permisible para la vieira patagónica en 25.000 toneladas - Últimas Noticias: El Chubut

Puerto Madryn

El CFP fija la captura máxima permisible para la vieira patagónica en 25.000 toneladas

El Consejo Federal Pesquero en su última reunión toman en cuenta la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos y que debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible para las distintas especies y que  el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) ha remitido el Informe Técnico Oficial sobre  “Evaluación de Biomasa de Vieira Patagónica y que  al mismo tiempo se evidencia una disminución de la biomasa de ejemplares menores.

por REDACCIÓN CHUBUT 28/02/2022 - 00.00.hs

En consonancia con los resultados las campañas realizadas en los últimos dos años,  propone implementar un área de cierre a la actividad pesquera, a fin de proteger la evolución en talla de ejemplares no comerciales

 

En función de ello el Consejo Federal Pesquero sugiere habilitar a la pesca el resto de la superficie que define la UM B, con el objetivo de facilitar la estrategia de exploración y búsqueda del recurso por parte de la flota comercial y el Instituto presenta diferentes alternativas a implementar respecto de las biomasas a extraer en la UM durante el año 2022, en el área factible de pesca, con una recomendación de CMP Captura Máxima Permisible de 36.181 toneladas, considerando el 40% del límite inferior del intervalo de confianza del estimador de la biomasa en el escenario tradicional. 

 

No obstante  el Consejo Federal Pesquero resolvió dejar sin efecto los artículos 3°, 4° y 5° de la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 18, de fecha 25 de noviembre de 2021, a partir del día 1° de marzo de 2022,  y establecer la Captura Máxima Permisible (CMP) de vieira patagónica  entera y de talla comercial, para la UM B, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en 25.000 toneladas. 

 

Además se prohíbe la captura de vieira patagónica en las áreas de la Unidad de Manejo (UM) B delimitadas por las coordenadas definidas por el  Consejo Federal Pesquero  en el ANEXO I de la presente resolución. La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1° de marzo de 2022 y podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada a partir de la información y las recomendaciones del Inidep.

 

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