El Consejo de Planeamiento se reunió sin quórum y el proyecto de la Unidad Ejecutora avanza hacia la segunda lectura
El Consejo de Planeamiento Urbano de Puerto Madryn tuvo ayer su encuentro mensual de octubre, aunque sin lograr el quórum, y se propuso realizar una reunión extraordinaria en los próximos días para debatir las propuestas que surgieron en la audiencia pública por el proyecto de la Unidad Ejecutora para el Desarrollo Urbano Sur.
por REDACCIÓN CHUBUT 23/10/2026 - 20.04.hs
El Consejo se conforma por 12 miembros representantes de los diferentes sectores públicos y privados, y en la mañana de ayer solo se hicieron presente seis según pudo saber EL CHUBUT. Al no lograr el quórum con más de la mitad, no se pudo discutir lo expuesto el viernes pasado en la Audiencia Pública sobre la Unidad Ejecutora, donde cuatro personas e instituciones que explayaron sus inquietudes y sugerencias.
El proyecto pasó por la primera instancia de lectura de la ordenanza (N° 15.250) de acuerdo al mecanismo previsto por la Carta Orgánica Municipal, y se espera que la segunda lectura sea en la próxima sesión ordinaria del Concejo Deliberante, el jueves 5 de noviembre.
Es por ello que se propuso que el Consejo de Planeamiento pueda reunirse de manera extraordinaria previa a la sesión y debatir los puntos, de esta manera poder plasmarlo en una nota o documento para que sea considerado por los concejales en su tratamiento legislativo y luego llevado al recinto con la lectura final de la ordenenza.
Observaciones al proyecto
El Colegio de Arquitectos de la provincia de la región Puerto Madryn ingresó al Concejo Deliberante un documento con las observaciones y propuestas complementarias al proyecto de la Unidad Ejecutora, que expusieron en la audiencia y buscan se pueda debatir.
El primer punto que manifiestan es en relación al artículo 9 de la ordenanza, inc.1 y 2, ya que “considera necesario revisar y precisar los alcances de las facultades de planificación allí establecidas”, instando a revisar su redacción y de esta manera “preservar las atribuciones de los organismo municipales competentes y garantizar que toda modificación urbana se tramite por los canales institucionales correspondientes”, indican.
Ante lo cual, exponen que “preocupa que la atribución de facultades amplias de planificación a la Unidad Ejecutora pueda generar superposición de competencias y habilitar interpretaciones que permitan desarrollar o modificar aspectos sustanciales del ordenamiento urbano del sector sin la intervención de los organismos municipales competentes ni las instancias de evaluación y participación correspondientes”.
Asimismo, sostiene que la planificación urbana consiste una actuación interdisciplinaria e intersectorial con los cuales determinar los objetivos del desarrollo de la ciudad, y en base a ello el diseño de un sector puntual, como lo es el Ensanche Sur a partir de la cesión de tierras por el Estado nacional.
Aclaraciones y consideraciones complementarias
En tanto, también agregan la necesidad de presentar un estudio de impacto ambiental, a partir del cual poder “evaluar integralmente la viabilidad del proyecto”. En relación a la venta de lotes, se propone que el mecanismo para su aprobación sea con una mayoría especial (2/3), de acuerdo a las normativa provincial y se pueda aplicar a cada ofrecimiento público y en cada preadjudicación.
Sobre los plazos que establece la ley de cesión de la tierras -27.623- se preguntan desde que fecha se considera los plazos prevista en el articulo 6 de la norma, como también que se prevé en caso de no efectuarse una prorroga a la fecha original (2031). Se considera la posibilidad de toma deuda por parte de la Unidad Ejecutora con aprobación del Concejo Deliberante, y desde el colegio preguntan “¿se ha determinado cómo se computarán las obligaciones financieras contraídas por el ente a los efectos de los límites constitucionales y legales del endeudamiento municipal?”