Condenan a un hombre por abuso sexual contra su nieto
Fiscalía logró una condena por abuso sexual simple a un menor de 5 años. El condenado es el abuelo del niño, deberá realizar tratamiento psicológico y aportar una cuota alimentaria durante tres años
por REDACCIÓN CHUBUT 20/05/2026 - 12.18.hs
El Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn logró una condena contra un hombre por el delito de abuso sexual simple cometido contra un niño de 5 años. La jueza Marcela Pérez Bogado lo condenó a tres años de prisión en suspenso y dispuso una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante ese mismo plazo, entre ellas tratamiento psicológico, asistencia a talleres y el pago de una reparación económica equivalente a una canasta básica durante el plazo de la condena.
La investigación fue impulsada por la fiscal Romina Carrizo y el funcionario Emiliano Otero, de Agencia Especializada en Violencia de Género y Delitos Sexuales. El hecho ocurrió en 2024 cuando el niño se encontraba al cuidado de su abuelo. Según se acreditó en el proceso judicial, el hombre aprovechó ese contexto para tocarle la cola y besarlo en la boca.
La denuncia fue realizada por la madre del niño luego de advertir conductas y expresiones del niño mientras jugaba. Durante la investigación se realizó una pericia psicológica al niño. El informe concluyó que el relato resultaba creíble y que mantuvo concordancia a lo largo de toda la evaluación profesional, elemento que fue valorado durante el juicio.
El delito de abuso sexual simple está previsto en el artículo 119 del Código Penal y sanciona conductas de contenido sexual realizadas sin consentimiento o aprovechándose de la vulnerabilidad de la víctima.
Uno de los aspectos destacados de la sentencia fue la incorporación de medidas de reparación económica dentro de las reglas de conducta. Además de la condena en suspenso, la magistrada ordenó que el condenado cumpla con tratamiento psicológico, talleres vinculados a violencia y el aporte de una cuota económica equivalente a una canasta familiar durante los tres años de cumplimiento condicional.
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