“Una Familia para Otra Familia es un programa fundamental y priorizamos el interés superior del niño”, afirmó la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia
La ordenanza 8.812 creó el programa el año 2014 para Puerto Madryn la cual viene teniendo muy buen recepción y funcionamiento.
por REDACCIÓN CHUBUT 19/07/2026 - 22.52.hs
La responsable del área municipal de Niñez, Adolescencia y Familia en Puerto Madryn, Ayelén Diogo, celebró la nueva reglamentación y modificación del programa que aprobó el Concejo Deliberante en la última sesión ordinaria. “Nos ayuda muchísimo para la institucionalización de los niños cuando hay que tomar una medida excepcional”, explicó.
La ordenanza 8.812 creó el programa “Una familia para otra familia” en el año 2014 para Puerto Madryn, la cual viene teniendo un muy buen recepción y funcionamiento pero debía plasmarse en la documentación y en una normativa correspondiente, lo cual sucedió semanas atrás y ahora se su promulgación.
“Junto a la concejal Roxana Barrera estuvimos trabajando en la reglamentación de dicha ordenanza, porque es un programa fundamental que nos ayuda muchísimo para no institucionalizar a los niños cuando hay que tomar una medida excepcional, y también poder establecer específicamente las responsabilidades y los requisitos que deben cumplir, las diferentes evaluaciones y la conformación de los equipos que componen este programa de familias de acogimiento”, explicó a EL CHUBUT la subsecretaria.
A su vez, indicó que desde el área están muy conformes y contentos por cómo se trabajó el proyecto de modificación para su rápida aprobación de manera unánime en el Concejo Deliberante, y puntualmente sobre los cambios, explicó que fueron sobre “algunos artículos de la ordenanza, que quizás había una confusión en la redacción con el programa específico de familias de acogimiento, con las medidas excepcionales, que son dos momentos diferentes o dos programas diferentes. Uno es el programa de familia de acogimiento y lo otro es una medida que adopta un organismo administrativo, que en este caso es el Servicio de Protección”.
Puerto Madryn: primera ciudad que reglamenta el programa
Asimismo, Diogo mencionó que la reglamentación “es un orden respecto al programa, que se viene desarrollando en la práctica, pero era importante que esté en la normativa de todos los aspectos que nos da un marco legal para llevar adelante el programa de familias de acogimiento. Había una necesidad de una normativa que avale la práctica que viene realizando el Estado a través de la Subsecretaría de Niñez en esto de las familias de acogimiento y las familias amigas”.
En tanto, afirmó que durante el transcurso de esta década no se generaron dificultades por la falta de reglamento. “En mi caso puedo hablar desde mi gestión (diciembre 2023), y no hemos tenido ninguna dificultad, pero sí creíamos en esta necesidad, sumamente importante de contar con el mismo. Porque somos la primera ciudad que tiene una ordenanza sobre el programa de familias de acogimiento, y a su vez, que también tenemos la reglamentación del programa”.
Registro único de familias
Actualmente el programa municipal cuenta con un grupo que varía entre 15 y 20 familias y personas inscriptas. “Hay familias amigas, que realizan determinadas actividades con los niños, que no se queda a dormir en ese domicilio; y la familia de acogimiento acompaña todo el proceso de ese niño, que va a tener una duración máxima de 180 días, que puede ser menor, y es el tiempo que dura una medida excepcional, en donde es el momento en donde se tiene que resolver su situación jurídica, si se revierte o quizás termina en un estado de adaptabilidad”, explicó.
Respecto a la aceptación por parte de la sociedad y la incorporación de familias al programa, la funcionaria indicó que “hay bastante interés, también ayuda la difusión y el conocimiento de lo que se trata: de entender primero que son sin fines adoptivos, no tienen fines de lucro, y de que venimos a aportar un granito de arena en una situación difícil de un niño, entonces acompañarlo durante ese proceso para que lo pase lo mejor posible, o lo afecte lo menos posible”.
Las familias interesadas deben cumplir ciertos requisitos, como ser mayores de 25 años, no tener antecedentes penales, no estar inscriptos en el Registro de Alimentantes Morosos (RAM) y afrontar de manera positiva una serie de evaluaciones psicológicas, con entrevistas de técnicos en el domicilio y el contexto familiar. “Primero tenemos la entrevista con el niño, el perfil que ese niño necesita de familia, y después empiezan las vinculaciones y si prosperan, empieza el acogimiento familiar”, finalizó Diogo
La Subsecretaria realiza las convocatorias a las familias de acogimiento de acuerdo al perfil mencionados por los canales de difusión, mientras que quienes estén interesados en poder incorporarse al programa pueden acercarse la oficina de la Secretaría de desarrollo Comunitario de Puerto Madryn, Bouchard y 9 de Julio, o comunicarse al teléfono (280) 432-6037, o escribir al correo electrónico [email protected].
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