El Concejo Deliberante modificó ordenanza del Consejo Municipal de Discapacidad
En la última sesión del Concejo Deliberante se aprobó por unanimidad y ha sido promulgada la ordenanza Nº 8993 por la cual se crea «el Consejo Municipal de Discapacidad y en ese marco, a pedido de integrantes del Consejo, se solicitó una actualización de los aspectos de enfoque para incorporar nuevas definiciones y herramientas que den mayor participación».
por REDACCIÓN CHUBUT 20/08/2024 - 00.00.hs
Fue el miembro informante en el recinto la concejal de Juntos por el Cambio, Paula López, precisando que el proyecto fue elaborado junto a las ediles Laura Tonso de Despertar Rawsense y la libertaria, Ester Luque.
Las propuestas surgieron de las cotidianas reuniones del Consejo de Discapacidad e insumió unos dos meses de arduo trabajo, señaló López.
En la fundamentación se subraya que el Consejo Municipal de Discapacidad, se reformula «en función de que estamos frente a una perspectiva inclusiva y donde se pone énfasis en la participación activa de las personas con discapacidad y la necesidad de espacios de construcción desde la valoración y el respeto», destaca la ordenanza sancionada.
NUEVOS ENFOQUES
La concejal López explicó que la redacción del nuevo Consejo Municipal de Discapacidad se basa en nuevos enfoques que hay sobre este tema.
«Por ello derogamos las normas que existían ya que poseían otra perspectiva, se hablaba de discapacitados y ahora se habla de personas con discapacidad. En la actualidad se pone foco sobre la persona, el individuo y la discapacidad es tomada como una característica», indicó.
En la argumentación se define que, «este modelo se relaciona con los valores esenciales y fundamentales que garantiza nuestra Constitución Nacional y Provincial, como así también los Convenios y Tratados sobre Derechos Humanos, tales como la dignidad humana, la libertad personal y la igualdad, que propician la disminución de barreras y dan lugar a la inclusión social y que pone en la base principios como la autonomía personal, la no discriminación, la accesibilidad universal, la normalización del entorno, el diálogo civil, entre otros».
PRESIDENCIA
Pasando a las determinaciones contempladas en la ordenanza, el artículo 3ro define que «el Consejo Municipal de Discapacidad tendrá un Presidente y un Secretario que serán electos por mayoría simple desde su seno.
El Presidente tendrá la obligación de convocar por lo menos una vez al mes a todos los miembros titulares e invitados». Cabe recordar que en la anterior normativa el presidente era el Intendente de la ciudad que luego delegaba su representación en alguien designado a tal efecto. Ahora el Consejo elegirá por si quien lo presidirá. El artículo 4to le otorga representación al Poder Ejecutivo Municipal que «tendrá un representante designado por el Intendente Municipal», concluye.
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