Regionales

Rigen en Chubut las leyes de Emergencia en Seguridad Pública y Emergencia Alimentaria

Tras informar sobre la aprobación de la ampliación de la Ficha Limpia, ayer por la noche la Legislatura dejó trascender una serie de proyectos de ley que también fueron aprobados durante la maratónica sesión, que se prolongó durante más de nueve horas.

por REDACCIÓN CHUBUT 14/04/2024 - 00.00.hs

Dos de las iniciativas aprobadas por los bloques son la Emergencia Pública Social por la Inseguridad Alimentaria en Trelew, presentada por el diputado de Unión por la Patria, Emanuel Coliñir; y la Emergencia en Seguridad Pública en Chubut «con especial atención en la situación de Trelew», la cual tendrá una vigencia de un año y medio.

 

Además, los diputados provinciales aprobaron el proyecto de ley que promueve y fomenta la creación y conservación de los Museos Rurales en Chubut; y la implementación del Modelo de Naciones Unidas en todas las instituciones educativas de la Provincia, la capacitación pedagógica y el desarrollo de habilidades relacionadas con la oratoria, la negociación, resolución de conflictos, redacción de documentos y la construcción del consenso.   
De manera adicional, quedó sancionada la adhesión a la Ley Nacional Número 27.732 que crea el Programa de Pubertad Precoz.

 

SEGURIDAD PUBLICA
En relación con la emergencia pública social por inseguridad alimentaria en Trelew, el proyecto de ley fue presentado por el diputado provincial Emanuel Coliñir, del bloque Arriba Chubut, y establece la vigencia de la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

Luego de la fundamentación por parte de Coliñir, y un debate que contó con la intervención de legisladores de todos los bloques, el proyecto de aprobó de manera unánime. En tanto, la emergencia en seguridad pública en Chubut por el plazo de 18 meses, con especial atención en la situación de Trelew, también fue una iniciativa aprobada por Coliñir.

 

EMERGENCIA ALIMENTARIA
El proyecto presentado por el diputado de Unión por la Patria y acompañado por unanimidad en la última sesión ordinaria, establece la creación del Programa de Emergencia Alimentaria, el cual funcionará bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano una vez promulgada la ley. El mismo estará destinado a «la atención prioritaria de la alimentación, la provisión de alimentos de calidad y la nutrición adecuada, con atención prioritaria de las necesidades básicas de la población de alta vulnerabilidad y en riesgo de subsistencia».

 

COMEDORES Y MERENDEROS
Asimismo, la normativa faculta al Ejecutivo provincial a «efectuar las reestructuraciones presupustarias necesarias», con la salvedad de que dicha reasignación «no podrá originarse en la reducción de los créditos correspondientes a la finalidad de los servicios sociales».

 

Por otra parte, el artículo cuarto de la ley de Emergencia Alimentaria señala que «solo podrá realizar la inscripción de los Comedores y Merenderos que a la fecha de la promulgación de la presente ya cuenten con código de inscripción vigente en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (Renacom)».

 

Finalmente, establece que «la distribución de los recursos se realizará conforme la información que surja de la inscripción de registros provinciales de los merenderos y comedores con código del Renacom, cumplimentando los lineamientos nutricionales conforme los requerimientos que en la materia establezca el Ministerio de Desarrollo Humano con el asesoramiento del Ministerio de Salud de la Provincia».
 

 

¿Querés recibir notificaciones de alertas?