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Las etapas y alícuotas del Régimen de Regularización

En julio de este año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) reglamentó el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos contemplado en la Ley 27.743 «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes», mediante la Resolución General Nº 5528.

por REDACCIÓN CHUBUT 23/08/2024 - 00.00.hs

Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país, y que ahora pueden decidir su regreso al amparo de este proceso. El régimen permite regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta USD100.000.
Cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en tres etapas. La Etapa 1, en la cual hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de USD100.000. La Etapa 2, que establece que hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%, y la Etapa 3, donde la alícuota asciende al 15% hasta el 31 de marzo de 2025.

 

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