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Secretaría de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo marco para el sector petrolero

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó el acuerdo colectivo celebrado entre las cámaras empresarias y los sindicatos petroleros de Chubut y Santa Cruz. La medida se formalizó mediante la Disposición 794/2026, firmada por la directora nacional Mara Agata Mentoro en el marco del procedimiento legal establecido para situaciones de crisis del sector hidrocarburífero.
 

por REDACCIÓN CHUBUT 29/10/2026 - 20.42.hs

El instrumento convalida lo pactado entre la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos y la Cámara de Servicios Petroleros, en representación del sector empleador, y el Sindicato del Petróleo y Gas Privado del Chubut, el Sindicato Petrolero, Gas Privado, Energías Renovables (SIPGER) y el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional de Petróleo y Gas Privado de la Patagonia Austral, por la parte sindical.

El entendimiento alcanza al personal encuadrado en los Convenios Colectivos de Trabajo 605/10, 611/10 y 784/21 que presta servicios en las provincias de Chubut y Santa Cruz. El esquema acordado reviste carácter excepcional y rige para el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 inclusive.

Mediante este mecanismo, se determina que el 70% de los conceptos remunerativos percibidos mensualmente por los trabajadores revestirá carácter no remunerativo únicamente a los fines del cálculo de las contribuciones de seguridad social, abarcando el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el INSSJyP, Asignaciones Familiares y el Fondo Nacional de Empleo. En tanto, el 30% restante conservará el carácter remunerativo, importe que en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La resolución especifica que la consideración no remunerativa no alcanzará a las bases imponibles utilizadas para liquidar aportes y contribuciones a las Obras Sociales, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), entidades sindicales y mutuales. Asimismo, se establece de forma expresa que la homologación del acuerdo marco colectivo se dispone sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos.

El dictamen administrativo se fundamentó en la acreditación documental de la crisis económica de la actividad presentada por el sector empleador y contó con la intervención técnica de la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis.

 

 

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