por REDACCIÓN CHUBUT 04/07/2026 - 23.40.hs
En muchos años de cúmulo cooperativo, que corrieron a la par de la historia del país, se han sumado experiencias valiosas para una reforma de la ley 20.337, para incorporar cambios, pero no se ha llegado a una fuerte reforma que considere otros temas, además de los planteados, sobre tiempo de mandatos y remociones. Desde mi punto de vista, hay por lo menos dos temas más, que son la forma eleccionaria y el control de las cooperativas que deben abordarse, modernizarse y perfeccionarse.
En torno al tema eleccionario, ya hubo debates sobre la redacción del Art. 50 en cuanto a la posibilidad de realizar o no, las asambleas de distritos para la elección de los consejeros. Inclusive, se han hecho propuestas específicas, tomando justamente las experiencias de las grandes cooperativas de servicios públicos, donde la masa de asociados alcanza cifras superiores a los cinco mil de forma rápida, asimilando los cambios, con el fin de encontrar mejores formas de representación y mayor legitimidad en los mandatos.
Las cooperativas denominadas «grandes», en virtud de superar esta cifra de asociados-usuarios, están obligadas por la redacción de la ley, a realizar elección de los delegados de distrito, y luego a convocar a asambleas de delegados. Así, los mecanismos eleccionarios, son de representación indirecta pues, en definitiva, los administradores, son elegidas por colegio o asamblea de electores, que son constituidas por estos delegados de cada distrito.
Este sistema, es sumamente perjudicial para el funcionamiento actual y futuro de las cooperativas, los asociados votan para elegir delegados, mediante una lista tipo «sabana» y luego, estos delegados electos, votan una lista cerrada para elegir autoridades que, recién en un tercer turno decisivo, eligen o designan entre ellos al presidente y demás miembros del consejo de administración.
Hasta ahora es así el sistema, pero, debemos tener en cuenta que la gente, el asociado de la cooperativa, demanda hace tiempo un cambio, por algo mejor, y que los legisladores, concreten reformas que beneficien al sistema, intentando modificar esto, aprovechando los eficaces recursos informáticos de la actualidad, permitiendo elegir a las autoridades de las cooperativas de forma directa, con único distrito electoral.
Algunos dirigentes se preguntan cómo y dudan de tal posibilidad, pero es indiscutible que organizar ahora, el sistema electoral de cada entidad, con los medios electrónicos y las modernas herramientas informáticas, solo demanda decisión por el cambio.
Cada entidad puede otorgarle, por ejemplo, a cada asociado, una tarjeta magnética o simplemente también, convertir en documento suficiente para votar, a la última factura emitida, con un sencillo código adicional, remediando de paso, la tan meneada obligación de no poseer deudas vencidas al momento de sufragar. Las cooperativas de servicios públicos deben abolir estas trabas que esconden la democracia, la sabotean y dan lugar a los pervertidos métodos que seguimos viendo por estos días en la convocatoria a elecciones de Trelew.
Asimismo, el socio elector podría votar solo con esto y su documento, durante el término de toda una semana laboral, en las instalaciones preparadas en la misma cooperativa. Todo esto, con un horario extendido en pocas jornadas, sin recurrir a preparadas y complicadas divisiones de distritos, votaciones en las escuelas, y en definitiva repitiendo este perimido esquema que, en la opinión generalizada, no da para más. La intervención, acaba de reproducir a la dirigencia que amañadamente ha hecho reglamentos y excedido los requisitos de la ley, exigiendo cosas que la misma, no menciona, agregando trampas y exigencias que entorpecen y alejan al asociado del proceso electoral.
Las propias cooperativas han disipado de esta forma, el sistema de padrón y la condición de asociado, frente a los actos de elección y votación. Los antecedentes muestran palmariamente que, movilizando un escaso número de asociados, se accede a la conducción de la cooperativa, sobre un pobrísimo nivel de participación y respaldo que, en los mejores casos, alcanza a un escaso y mínimo diez por ciento del padrón de asociados.
Las entidades con la responsabilidad de administrar, dirigir y gerenciar estas poderosas empresas, que prestan nada más y nada menos, que los principales servicios públicos, después de la salud, la seguridad y la educación, deben abandonar este sistema de punteros y avivadas, e intentar elevar un tanto su calidad y la posibilidad, las alternativas de elegir, que tiene el asociado, porque las consecuencias, serán cada vez más devastadoras.
El actual sistema indirecto por electores, ha terminado por marginar al vecino, que es sujeto final de los servicios, le ha quitado su derecho a vetar, o lo que es peor, lo ha desinteresado intencionalmente a elegir verdaderamente.
Hay que anotar también que, en las cooperativas, paradójicamente, el gobierno es solo de mayorías, sin que exista legalmente la posibilidad de representaciones de minorías y la lista ganadora, barre con todo el tablero, poniendo inclusive sus propios síndicos y auditor para el control, que es el otro tema que falta abordar en una reforma a fondo de la ley de cooperativas.
Las cooperativas que se precian de sostener entre otros buenos valores, los principios democráticos, deben advertir que este sistema, en los servicios públicos, no ha dado buenos resultados y entre las causas que han afectado notoriamente a las entidades, las asambleas de delegados para elegir autoridades, han perjudicado más que ayudado, a elegir los asociados más idóneos, para conducir la administración.
El uso de padrón y deudas, inclusive la división de los distritos, así como el trasvase que existe constantemente con las organizaciones políticas, han desnaturalizado las elecciones de los consejos de administración que necesitan recibir mayor base de legitimidad y directamente, por el voto de los asociados, para el mandato correspondiente.
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