El Superior Tribunal ordenó a Esquel recibir residuos de Trevelin por seis meses y fijó el pago de un canon
El máximo tribunal provincial rechazó la cautelar presentada por Trevelin, a la vez que ordenó que Esquel deberá permitir la disposición de residuos en el nuevo módulo de tratamiento por seis meses, en el marco del conflicto por el tratamiento de la basura. En ese lapso, la administración del intendente Ingram deberá abonar un canon y también una compensación por la inversión de infraestructura.
por REDACCIÓN CHUBUT 04/09/2026 - 21.22.hs
En respuesta a una crisis que amenazaba con paralizar la gestión de residuos en la región cordillerana, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut intervino en el conflicto entre los municipios de Esquel y Trevelin.
El diferendo se desató tras la sanción de una nueva ordenanza por parte del Concejo Deliberante de Esquel. Dicha norma derogó la legislación anterior, la cual ratificaba el Acuerdo Marco Interjurisdiccional de 2008 que permitía a Trevelin depositar sus desechos en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (PTRSU) de Esquel.
Al momento de resolver, los Ministros Giacomone, Raidan, Napolitani, Bustos, Vivas y Banfi, declararon admisible la acción de inconstitucionalidad y dispusieron el traslado de la demanda a Esquel por un plazo de 30 días para su contestación, bajo las normas del proceso ordinario.
En el tercer punto de la parte resolutiva, los Ministros decidieron no hacer lugar a la medida cautelar peticionada por la parte actora, es decir la Municipalidad de Trevelin.
Por otra parte, la corte provincial dispuso que «la Municipalidad de Esquel deberá permitir que el Municipio de Trevelin continúe realizando la disposición final de sus residuos sólidos urbanos por el término de seis (6) meses en el módulo 2».
Al mismo tiempo, el fallo dispone que el Municipio de Trevelin «deberá abonar a la Municipalidad de Esquel el canon proporcional -periódico o mensual- que se le liquide en función del volumen de residuos ingresados» y asimismo «deberá abonar el monto correspondiente de la inversión del módulo 2 realizada por el municipio de Esquel, en modo proporcional a su usufructo».
También hace saber que la Municipalidad de Trevelin, previo a la disposición final de sus residuos sólidos, deberá «garantizar el estricto cumplimiento de las condiciones de separación y tratamiento previo, de acuerdo a las condiciones operativas, ambientales y sanitarias que rigen en el municipio de Esquel».
PREVENCION ECOLOGICA
En los fundamentos se expresa que «la medida solicitada procura conservar el statu quo ambiental y operativo existente durante casi dos décadas» y agrega que «sobre el punto concluye que, la suspensión de los efectos de la reciente ordenanza esquelense constituye la alternativa menos gravosa y la única compatible con los principios preventivo, precautorio, de progresividad y de no regresividad, imperantes en la materia».
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