Avanza la iniciativa para promover la limpieza de terrenos baldíos en Trelew
La Comisión de Asuntos Legales del Concejo Deliberante analizó junto a coordinadora de Ambiente de la Municipalidad la modificación de la Ordenanza 12.484/17. El proyecto contempla nuevas multas y prevé que el Municipio pueda ejecutar la limpieza a costa del infractor.
por REDACCIÓN CHUBUT 02/10/2026 - 13.13.hs
En el marco del proyecto para la modificación de la Ordenanza Nº 12.484/17, la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Deliberante de Trelew recibió, este viernes por la mañana, a la coordinadora de Ambiente de la Municipalidad, Érica Colombani.
Durante la reunión, los ediles avanzaron en el análisis de la iniciativa, que sería tratada durante la próxima Sesión Ordinaria, a celebrarse el próximo miércoles 7 de octubre, a las 9 horas.
Nueva zona abarcada por la normativa
Al respecto, Colombani explicó que "durante la Comisión de Asuntos Legales tratamos la modificación de la Ordenanza 12.484, vinculada a los terrenos baldíos" y precisó que "se modificó la zona que abarca la normativa, a la zona nuclear urbana, donde radican terrenos baldíos o con construcciones en mal estado".
Sobre este punto, la funcionaria detalló que la iniciativa apunta a "terrenos baldíos que tengan maleza mayor a 30 centímetros, chatarra, acumulación de escombros y otro tipo de residuos", y agregó que la modificación sobre la cual se trabajó "apunta solo a la zona nuclear urbana, ya que antes se vinculaba a la zona de chacras, con algunas inconsistencias".
Infracciones
"También se actualizaron los montos de las multas, que hasta entonces eran de 10 módulos, y con la modificación de la ordenanza serán de entre 5 y 40 módulos, de acuerdo con las circunstancias de cada caso y del estado del inmueble", sostuvo la coordinadora de Ambiente.
El proyecto también establece que, una vez vencido el plazo de 25 días corridos otorgado por el Tribunal de Faltas Municipal sin que se haya cumplido con la limpieza, la Municipalidad podrá ejecutar los trabajos necesarios por sí o mediante la contratación de terceros, a exclusiva costa del infractor. El costo de las tareas se determinará de acuerdo con el tipo de intervención que resulte necesaria. De esta manera, el proyecto busca fortalecer el cumplimiento efectivo de las obligaciones de limpieza y evitar que el pago de una multa implique, por sí solo, que persista el estado de abandono del inmueble.
Convivencia urbana
Sobre el proceso administrativo en el caso de parcelas con residuos, Colombani señaló que "en primer lugar, se notifica al propietario para que realice la limpieza, y si la misma no se hace en los 15 días que establece la notificación, dicha actuación es remitida al Tribunal de Faltas para la ejecución de la multa", y agregó que, superada dicha instancia, "la Municipalidad, con la debida autorización del dueño del terreno, puede realizar las tareas de limpieza".
En este último caso, la limpieza realizada a través de la Municipalidad "se abonará a través del Impuesto Inmobiliario", indicó.
En relación al origen del proyecto para modificar la ordenanza promulgada en 2017, la titular de Ambiente explicó que "hay muchos casos y lo que ocurría es que, en ocasiones, los propietarios abonaban la multa porque representaba un valor muy bajo, y el terreno continuaba sucio, lo cual generaba malestar en los vecinos, acumulación de roedores, insectos y plagas, dificultando la convivencia barrial".
Características de terrenos en infracción
En su articulado, el proyecto establece que "serán considerados terrenos pasibles de multa los que tengan basura, escombros, chatarra, malezas que superen los treinta (30) centímetros de altura del nivel de terreno natural, o cualquier otro elemento que signifique un peligro real o potencial para la salud, la seguridad de las personas, el ambiente o daño a la comunidad".
El texto agrega que "no obstante, en aquellos inmuebles cuyas características de superficie, ubicación, entorno o vegetación natural justifiquen una consideración técnica diferenciada, la sola superación de los treinta (30) centímetros de altura de la vegetación respecto del nivel del terreno natural no constituirá, por sí misma, una infracción".
A su vez, entre sus fundamentos vinculados a la seguridad y la estética urbana, el documento expresa que "se han recibido numerosos reclamos de vecinos de la ciudad, quienes manifiestan la preocupación por la existencia de terrenos baldíos en estado de abandono, lo cual afecta directamente su calidad de vida".
También, precisa que "los terrenos en dichas condiciones generan riesgos para la salud pública, deterioran el ambiente, afectan la estética urbana y pueden constituir focos de inseguridad, al facilitar el ocultamiento de objetos o el resguardo de personas con fines ilícitos".