Cambios en la VTV: el Gobierno habilitó que talleres particulares realicen la revisión técnica
La medida fue oficializada mediante la Resolución 32/2026 y modifica el sistema de Verificación Técnica Vehicular. Se crea un registro nacional que permitirá a talleres privados habilitados realizar las inspecciones obligatorias.
por REDACCIÓN CHUBUT 03/06/2026 - 09.20.hs
El Gobierno Nacional avanzó con una nueva modificación en el régimen de la Verificación Técnica Vehicular (VTV), también denominada Revisión Técnica Obligatoria (RTO), mediante la actualización de la normativa vigente y la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
La medida fue establecida a través de la Resolución 32/2026, publicada en el Boletín Oficial, y forma parte de un trabajo conjunto entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Según se informó oficialmente, la iniciativa busca:
- Simplificar los procesos administrativos.
- Ampliar la oferta de servicios para los usuarios.
- Garantizar las condiciones técnicas indispensables.
- Mantener los estándares de seguridad vial en un esquema más flexible y eficiente.
De acuerdo con lo informado, el objetivo es modernizar el sistema y promover un modelo más competitivo, eficiente e integrado. La reforma reemplaza mecanismos considerados cerrados y burocráticos por un esquema más simple, interoperable y previsible para los usuarios.
Dónde se podrá realizar la VTV
Con la nueva normativa, las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales podrán efectuarse en cualquiera de los establecimientos inscriptos en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
Esto implica que los propietarios podrán realizar la revisión técnica en talleres particulares de su confianza, siempre que estos cumplan con los requisitos técnicos establecidos y estén debidamente registrados.
La medida apunta a facilitar el acceso a la verificación obligatoria mediante un procedimiento más ágil y accesible, eliminando restricciones que, según el Gobierno, limitaban la interacción entre la oferta y la demanda de este servicio.
Nuevos plazos para las inspecciones
Primera inspección
- Vehículos particulares 0 km: a los 5 años.
- Vehículos de carga y pasajeros 0 km: hasta un máximo de 12 meses.
Revisión periódica
- Vehículos particulares de hasta 10 años de antigüedad: cada 24 meses.
- Vehículos particulares con más de 10 años: cada 12 meses.
- Vehículos de carga y pasajeros: cada 12 meses.
Requisitos técnicos y Registro Nacional de Talleres
La normativa mantiene la exigencia de contar con un Director Técnico y de cumplir con los procedimientos de revisión previstos en la legislación vigente.
El nuevo Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
El registro será público, gratuito y digital, y operará a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Podrán inscribirse todos los talleres que acrediten capacidad técnica suficiente, incluyendo concesionarias e importadores.
Los establecimientos habilitados estarán autorizados a realizar inspecciones sobre vehículos comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos, especiales y también particulares.
Cómo será la inscripción
La incorporación al registro se realizará mediante una declaración jurada y contará con un plazo determinado de tramitación.
La resolución establece además que, si transcurre el plazo previsto sin una respuesta administrativa, entrará en vigencia un mecanismo de habilitación provisoria automática, sujeto posteriormente a los controles correspondientes.
Por otra parte, la Subsecretaría de Transporte Automotor deberá desarrollar una base informática destinada a consolidar los datos de todas las revisiones técnicas efectuadas por los talleres habilitados, permitiendo el registro y control de los certificados emitidos.
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