Puerto Madryn

Imponen restricciones a determinados permisos en Chubut

La Secretaría de Pesca de Chubut dictó una resolución, que fue publicada en el Boletín Oficial, por medio de la cual se imponen restricciones a determinados permisos de pesca provinciales otorgados a plantas de procesamiento de Comodoro Rivadavia y Puerto Madryn.

por REDACCIÓN CHUBUT 25/10/2019 - 00.00.hs

La medida determina que las empresas Ecoprom, Mar del Chubut y Red Chamber Argentina deberán explotar dichas licencias con embarcaciones que tengan puerto de asiento en la provincia y que además el personal embarcado tenga al menos tres años de residencia en Chubut.
La imposición llega a las puertas de la temporada de langostino en aguas provinciales, lo que lleva a las empresas a definir su estrategia de respuesta, que podría transitar por carriles judiciales, según indicó la Revista Puerto.
Juristas sostienen que la medida presenta vicios de inconstitucionalidad, aunque un proceso de ese tipo demandaría bastante tiempo más que la temporada en ciernes; por lo que analizaban la posibilidad de interponer amparos que impliquen el dictado de medidas cautelares con efectos suspensivos sobre los alcances de la Resolución 248/2019 de la Secretaría de Pesca de Chubut. 

 

LOS FUNDAMENTOS
La medida cita en el visto a las Leyes Provinciales IX Nº 87, IX Nº 133 y IX Nº 136; y se alega que mediante las mismas fueron otorgados sendos permisos de pesca a las empresas Ecoprom S.A, Mar del Chubut S.A. y Red Chamber Argentina S.A. “Que los permisos fueron excepcionalmente concedidos propendiéndose a superar la crisis que afectaba a las Plantas Pesqueras de las empresas involucradas, procurándose el mantenimiento y promoción de mano de obra, sin haberse dictado ninguna reglamentación a su respecto”, cita en uno de los considerandos.
Añade que, en ese contexto, “las empresas Ecoprom S.A. y Mar del Chubut S.A. absorbieron al personal de la Empresa Barillari S.A., mientras que la Empresa Red Chamber Argentina S.A. se hizo cargo de la continuidad laboral de los dependientes de Alpesca S.A. Que actualmente deviene procedente disponer, en vistas a la consecución del mismo objetivo tenido en cuenta al sancionarse las normas, que los Permisos sean explotados con embarcaciones cuyo puerto de asiento se encuentre localizado en la Provincia del Chubut, contratando mano de obra de residentes locales”, fundamenta.
El Secretario de Pesca considera que la medida, por otra parte, “contribuirá a evitar la innecesaria congestión de embarcaciones en los puertos provinciales, circunstancia que afecta notoriamente su operatividad, en particular en el Puerto de Rawson”, dice la resolución, y aquí radicaría uno de los nudos desde donde se pergeñó el dictado de la acción reglamentaria.
En la parte resolutiva, en su artículo primero dice: “Establecer que los permisos de pesca otorgados excepcionalmente mediante las Leyes IX Nº 87, IX Nº 133 y IX Nº 136, deberán ser explotados, prioritariamente, con embarcaciones cuyos puertos de asiento se encuentren localizados en la Provincia del Chubut y con mano de personal con tres años de residencia en la Provincia”. Mientras que en el siguiente se indica que “a efectos de acreditar el puerto de asiento de las embarcaciones nominadas, deberá presentarse la pertinente certificación extendida por el Registro de la Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación”.

 

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