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El Tribunal de Cuentas pidió a la empresa que pague los juicios que adeuda al Estado

El documento firmado por el presidente del Tribunal de Cuentas, Sergio Camiña, y los vocales Tomás Maza, Antonio Cimadevilla, Martín Meza y Liliana Underwood, objeta tres puntos: El objeto social, la morosidad en el pago de juicios al Estado Provincial y la metodología del pago del canon.

por REDACCIÓN CHUBUT 20/04/2019 - 00.24.hs

EL CHUBUT accedió al dictamen emitido por el organismo de control y en torno al objeto social aclara que «la firma oferente no tiene previsto dentro de su objeto social la explotación que se pretende. Sin perjuicio de ello, se propicia su modificación e incorporación al estatuto».
Asimismo, sostiene que Transporte Don Otto S.A. «no se encuentra suscripta en la Inspección General de Justicia de la provincia del Chubut. Este es un valladar que indefectiblemente debe subsanarse previo al acto de adjudicación». En segundo término, el Tribunal de Cuentas objetó las referencias judiciales de la firma.
«No menor resulta la observación realizada con relación a la declaración jurada. El oferente, luego de la consulta efectuada por CORFO a fin de que se efectúe un detalle de los juicios tanto en calidad de actor como de demandado, presenta la nómina de actuaciones en carácter de sujeto pasivo con el Estado Provincial», describe el dictamen al que accedió EL CHUBUT.
Sin embargo, «los expedientes que también lucen detallados dan cuenta que la Provincia persigue el cobro de ejecuciones fiscales, constatando de tal manera que el oferente resulta ser deudor moroso del Estado Provincial y en consecuencia comprendido dentro de las prohibiciones establecidas en el artículo 102 inciso ‘d’ de la Ley II Nº 76".
Y agregan que las causas «se encuentran con sentencias definitivas y firmas». Frente a este escenario, el Tribunal de Cuentas sostiene que esta situación «purgaría su incompatibilidad mediante el pago de capital e intereses actualizados a la fecha, previo acto de adjudicación y no previo a suscripción del contrato».
Por último, existió un dilema sobre el pago del canon de la empresa al Estado Provincial por la explotación de La Hoya durante los 30 años. La controversia tiene su génesis en el planteo realizado por Don Otto, cuando advierte que el canon puede ser abonado a través de la donación de pases que soliciten los diferentes organismos provinciales como el caso de CORFO, Chubut Deportes o el Ministerio de Educación.
Para el órgano de control, la empresa «se extralimita» en su propuesta, por cuanto «excede los términos del pliego al manifestar que el canon anual podrá ser cancelado mediante dación en pago de igual valor consistente en la entrega de pases para la utilización de los mismos en La Hoya», y añade que «también podrá hacerlo por dación en pago de otros servicios a satisfacción de la concedente».
Las autoridades del Tribunal fueron categóricos en este punto y afirmaron que «la forma de pago del canon no se encuentra prevista en el pliego y no resulta un aspecto pasible de modificación basado en cuestión de oportunidad, mérito y conveniencia, razón por la cual debería rechazarse la oferta presentada». 
Las primeras dos observaciones serían saldadas en forma inmediata, aunque el pleito por el pago del canon se resolvería por afuera del pliego licitatorio.
El presidente de CORFO, Sixto Bermejo, indicó a EL CHUBUT que «por lo general el promedio de pases de gentileza en La Hoya ronda en los 5.000 pases por año. Lo que manifiesta la empresa que es injusto que tenga que pagar el canon y además otorgar pases gratis».
La idea que está avanzada entre las partes es que el Estado utilice pases gratuitos y en caso de existir diferencia con el canon, la empresa deposite el saldo restante. 

 

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