Regionales

El Ejecutivo promueve derogar nulidad de venta de tierras con bosque nativo

EL CHUBUT accedió al borrador que será presentado en las próximas horas. Advierten que los decretos 712/04 y 74/05 que permitieron la venta de tierras con bosques nativos son «plenamente válidos».

por REDACCIÓN CHUBUT 17/01/2020 - 00.20.hs

La Legislatura de Chubut había dado un paso importante en 2019, cuando aprobó la nulidad de todos los actos administrativos que se realizaron bajo el paraguas de los decretos 712/04 y 74/05, que fueron los que permitieron la venta de tierras con bosques nativos y que, según los diputados salientes, se trató de «un negocio inmobiliario millonario y fenomenal».

 

Esa nulidad le otorgaba un plazo de seis meses al fiscal de Estado para realizar todos los relevamientos y detectar cuáles fueron las ventas que se concretaron con aquellos decretos.

 

Sin embargo, ahora el gobernador Mariano Arcioni presentará en la Legislatura para que se trate en sesión extraordinaria, un proyecto de ley que busca derogar esa nulidad.

 

En los fundamentos esgrime que la Secretaría de Bosques «se encuentra limitada para avanzar en los trámites de visado de planos de mensura para dar continuidad al proceso formal de registro de tierras por ante la Dirección de Catastro de la Provincia, como así también ante el Registro de la Propiedad Inmueble».
Al mismo tiempo, precisa que «dichas demoras impactan de manera negativa respecto de pobladores en proceso de regularización de sus predios, escribanos, agrimensores, municipios y comunas rurales, entre otros».

 

El proyecto se ampara bajo la justificación de que esa nulidad aprobada por la Legislatura «trae aparejados múltiples reclamos que podrían derivar en acciones legales en contra de la Provincia, lo que generaría graves perjuicios para el erario público».

 

Califica la ley sancionada por la Legislatura como «inconstitucional», presuntamente porque «implica una invasión de la Zona de Reserva del Poder Ejecutivo», al declarar «insanablemente nulos, de nulidad absoluta y carentes de validez, decretos de este Poder Ejecutivo plenamente válidos y eficaces».

 

Por último, sostiene que los citados decretos al contar con más de cuatro años desde su dictado, «cuentan con firmeza en Sede Administrativa, y solo pueden ser impugnados o cuestionados respecto de su validez retroactiva, en Sede Judicial, y por ante el Superior Tribunal de Justicia».

 

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