Municipio propone expropiar inmuebles que al cabo de 5 años no hayan culminado su construcción
El Ejecutivo entiende que «hay un pasivo urbano» considerable en la ciudad que debe activarse. Su eventual utilidad evitará la degradación del espacio público». El estado actual de esos espacios «dificulta la consolidación de una ciudad integrada». También terminaría con la «especulación financiera».
por REDACCIÓN CHUBUT 19/11/2025 - 21.33.hs
El Municipio de Trelew propone, a través de un proyecto de ordenanza que ingresó en la última sesión del Concejo Deliberante, expropiar inmuebles cuya construcción fue paralizada; también están incluidos los terrenos baldíos y otros discriminados por categoría, que constituyen «un pasivo urbano» considerable en la ciudad. Con la iniciativa ejecutiva, «buscamos recuperar esos espacios y motorizar la ciudad», explicó la presidente del bloque de Juntos por el Cambio, Claudia Solís.
La propuesta municipal, dentro de la misma ordenanza, establece la creación de un Registro Municipal de Inmuebles Baldíos / Edificación Paralizada. De acuerdo con el trabajo territorial realizado al momento, ya fueron identificados 167 inmuebles en esa condición. La expropiación o declaración de utilidad pública de esos espacios «contribuye a evitar -por parte de la Municipalidad- focos de insalubridad, inseguridad y deterioro urbano que afecta la convivencia urbana. Es una cuestión social y cultural», expresó la edil oficialista a FM EL CHUBUT.
Lógico, para llegar a la expropiación estatal -como indica el artículo 11- existen plazos estipulados en el proyecto, según los artículos 4 y 5. El primero de ellos, impone: «Los titulares de dominio de los inmuebles incluidos en el Registro estarán obligados a iniciar el parcelamiento o edificación dentro de los plazos establecidos en la presente».
Mientras que el segundo, dispone: «El plazo máximo para presentar el proyecto ante la Dirección de Obras Particulares será de dos años a contar desde la notificación al titular o desde la publicación en el Boletín Oficial Municipal. La ejecución de las obras deberá iniciarse dentro del año desde la aprobación del proyecto y concluir en un plazo máximo de cuatro años desde la inclusión del inmueble en el Registro».
La finalidad, a considerar en los fundamentos del proyecto, es «dotar al Municipio de herramientas jurídicas y fiscales para promover la activación de estos inmuebles, desalentar la especulación y recuperar su función social en el marco de una política pública de acceso justo al hábitat y uso equitativo del suelo»
FUNDAMENTOS
La iniciativa fue diagramada a partir del «evidente estado de proliferación de terrenos baldíos, con construcciones paralizadas o en ruinas» en el ejido urbano. El Municipio, frente a este contexto, considera que la planificación urbana de Trelew «debe orientarse hacia un desarrollo equitativo, inclusivo y sostenible, que asegure el uso racional del suelo, el respeto ambiental y la mejora progresiva de la calidad de vida».
Estos espacios, entienden desde el Ejecutivo, «generan pasivos urbanos, contribuyen a la degradación del espacio público y dificultan la consolidación de una ciudad integrada. Y que a razón de la información que se desprende del relevamiento ejecutado por distintas áreas municipales, «muchos casos registran importantes deudas fiscales, constituyen focos de insalubridad, inseguridad y deterioro urbano»; también «afectan la convivencia y el desarrollo colectivo».
CATEGORIAS
El Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos, Inmuebles con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada discrimina: Inmueble baldío, terreno sin ningún tipo de edificación, con o sin cerramiento perimetral. Además, Edificación derruida, al inmueble con daños estructurales, colapsos o deterioros que impidan su uso, habitabilidad o seguridad.
También comprende Edificación paralizada, a la construcción iniciada que permanezca inactiva por un período igual o superior a doce meses. Y, por último, Titular de dominio a toda persona humana o jurídica inscripta como propietaria del bien en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Con ese criterio, «los titulares de dominio de los inmuebles incluidos en el Registro estarán obligados a iniciar el parcelamiento o edificación dentro de los plazos establecidos. En efecto: «El plazo máximo para presentar el proyecto ante la Dirección de Obras Particulares será de dos años a contar desde la notificación al titular o desde la publicación en el Boletín Oficial Municipal. La ejecución de las obras deberá iniciarse dentro del año desde la aprobación del proyecto y concluir en un plazo máximo de cuatro años desde la inclusión del inmueble en el Registro».
De existir improcedencia por parte del titular, el apartado 11 habilita a, cumplidos 5 años, declarar el inmueble de utilidad pública y sujeto a expropiación».
IMPUESTOS
Los inmuebles registrados estarán sujetos a un incremento del 50% en la Tasa por Servicios Urbanos Municipales. Y, en caso de incumplimiento de los plazos establecidos, se aplicará un gravamen especial progresivo por 5 años, con un aumento anual del 50% sobre la tasa vigente respecto del último valor abonado.
Al mismo tiempo, vencido los 5 años sin cumplimiento, se aplicará la alícuota máxima establecida en la normativa fiscal hasta el efectivo cumplimiento de la obligación.
El Municipio podrá otorgar prórrogas excepcionales en los plazos cuando existan circunstancias debidamente acreditadas que imposibiliten el cumplimiento de las obligaciones por causas ajenas al titular, como litigios sucesorios, casos de vulnerabilidad social o fuerza mayor.
ACTIVAR LOS PASIVOS
Solís declaró que el espíritu del proyecto es «tener un gesto amigable con los vecinos porque los funcionarios tendrán un acercamiento con éstos para ver en qué estado están estas edificaciones».
«El fin es que vuelva a motorizar la ciudad», mediante una «planificación organizada», continuó.
Para la edil, se trata de pasivos que tiene la ciudad, los cuales «hay que activar». Una vez transformado el proyecto en ordenanza «evitamos cualquier especulación económica sobre estos inmuebles».
INMUEBLES REGISTRADOS
El Municipio inscribió en planilla, en calidad de «vacío, los inmuebles situados en Marconi y Colombia, pasaje Salta norte y E. Roberts; Moreno 36, A. Mathews 134, Ecuador 48, Belgrano 25, Ecuador 437, Av. Rawson 599, Av. Rawson 777, Marconi 229, y más.
En la categoría «Construido ruinoso»: Marconi 439, Marconi 538, pasaje Posadas 365, Urquiza 424, Moreno 253, Sarmiento 364, Sarmiento 484.
También aparecen en «Proceso de construcción sin terminar», los inmuebles situados en Italia y Sarmiento, Av. Fontana 449, San Martín y pasaje Tucumán y pasaje La Rioja 230.
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