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Puerto Madryn adhirió a la ley provincial de acceso a la vivienda para personas trans

por REDACCIÓN CHUBUT 16/08/2026 - 16.12.hs

El Concejo Deliberante de Puerto Madryn aprobó por unanimidad la adhesión municipal a la Ley provincial XXV N° 65, que crea el Plan de Acceso a la Vivienda para Personas Transgénero, Transexuales y Travestis de la Provincia del Chubut. La norma establece un cupo mínimo del 3% en los planes habitacionales y créditos que otorgue el Estado provincial para ese colectivo, y la adhesión local había sido reclamada durante años por la Comisión LGBTBQ+ de la provincia.

 

La autora del proyecto, la concejal Nadia Garay, explicó los alcances de la iniciativa al fundamentar su voto. "Este es un pedido que viene haciendo en la Comisión LGBTBQ+ de nuestra provincia, donde en este recinto ya hace años que venían solicitando la adhesión a esta ley y no es una simple adhesión a la ley, sino es que es un reconocimiento, es darle lugar", señaló. Y agregó: "Es saber que a las personas transgéneros transexuales se les imposibilita toda su vida y son discriminadas. Entonces la verdad que esta adhesión a esta ley provincial donde pueden acceder a la vivienda, es garantizar derechos".

 

Garay remarcó además el compromiso de su banca con la agenda de género en el recinto. "Desde esta banca siempre van a encontrar una concejal que esté acompañando todo lo que tenga que ver con la comunidad LGTBQ+, porque entendemos que Puerto Madryn tiene que ser diversa, inclusiva", sostuvo.

 

La ordenanza aprobada adhiere en su artículo primero a la Ley XXV N° 65, sancionada por la Legislatura de Chubut, que había invitado expresamente a los municipios de la provincia a sumarse a sus disposiciones. Según el texto provincial, son beneficiarias todas las personas trans, travestis, transgénero y transexuales que hayan accedido al cambio registral previsto por la Ley Nacional N° 26.743 de Identidad de Género. La reglamentación de la ley provincial debía producirse dentro de los 30 días posteriores a su promulgación, según establece su artículo 5°.

 

Entre los fundamentos, el Concejo señaló que el acceso a una vivienda digna constituye un derecho humano reconocido por la Constitución Nacional, los tratados internacionales con jerarquía constitucional y la Constitución de Chubut, y que resulta condición para el ejercicio de otros derechos como la salud, la educación y el trabajo. También citó estudios de organismos públicos, universidades y organizaciones de la sociedad civil que documentan elevados índices de exclusión social, dificultades de acceso al empleo formal y condiciones habitacionales precarias entre la población trans.

 

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