Regionales

Proponen enmienda constitucional para que ministros del STJ y el procurador general sean elegidos por el voto popular

El diputado Gustavo Fita del Frente para la Victoria plantea modificaciones a los artículos 165 y 166 de la Constitución Provincial.

por REDACCIÓN CHUBUT 27/05/2017 - 00.28.hs

Pretende que los seis ministros del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el procurador general, el defensor general y fiscales sean elegidos por el voto popular. Las funciones en el cargo durarán 10 años con posibilidad de ser reelectos.
Fita presentó un proyecto de ley para efectivizar una enmienda constitucional que deja de relieve la igualdad de condiciones para los tres poderes del Estado. En este esquema, transparenta la necesidad de que el Poder Judicial se someta al voto popular tal como lo hacen los representantes del Ejecutivo y el Legislativo.
«Les planteo la enmienda Constitucional de los artículos 165 y 166 en la que propongo que los ministros del Superior, Defensor y Procurador sean electos por elecciones populares y que sea la ciudadanía con la facultad soberana e indelegable que posee a través del voto la que elija quiénes van a ser los encargados de llevar adelante el Poder Judicial», sintetiza Fita en los argumentos del proyecto.
El legislador comodorense de extracto sindical graficó que la consolidación de esta iniciativa establecerá «múltiples beneficios» para la ciudadanía. Fita expresó que las modificaciones a estos dos artículos de la Constitución «son vitales» porque en primer lugar los vecinos «son los que sufren y padecen por decisiones de la Justicia» y como consecuencia de esto «no tienen incidencia en la designación de quiénes tienen el poder jurisdiccional».
El boceto de ley esgrime que tanto los ministros del STJ, los Magistrados Judiciales, el Procurador General, el Defensor General, los fiscales y Defensores «serán electos por el voto popular» y durarán en sus funciones «por el término de 10 años» pudiendo ser reelectos en forma indefinida.
En caso de que la enmienda sea aprobada, comenzará a regirá desde el momento de su puesta en vigencia e inmediatamente empezará a correr el primer periodo. 

 

JUSTICIA SIN PRIVILEGIOS 
Lamentó que el Poder Judicial «no esté expuesto a la máxima expresión democrática» como sí lo están los otros dos poderes. 
Fita resaltó que la Constitución Nacional como Provincial detallan la composición del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, debiendo atravesar por procesos eleccionarios cada cuatro años, salvando el caso de los senadores. 
Sin embargo, «no sucede lo mismo con el Poder Judicial, nuestro sistema republicano no prevé un mecanismo popular que permita que éste interpele, acepte o revalide el ejercicio del poder constitucional». 
«Con ello se pretende señalar una realidad que todos conocemos y que implica que nuestro Poder Judicial no está expuesto a la máxima expresión democrática como lo es una elección popular directa, abierta, secreta y obligatoria como el resto de los poderes republicanos. Los representantes del Poder Judicial no revalidan su accionar ante el pueblo, no se someten a la voluntad popular, a su aceptación o no, sino que solo se los podría remover, interpelar o relegitimar a través del jury o juicio político», denunció Fita.

 

SIN PERPETUACION 
Desde la óptica del diputado, el hecho de perdurar en el cargo por tiempo indeterminado «induce a otros sistemas que nada tienen que ver con el sistema democrático, sino más bien con el mantenimiento de privilegios y la perpetuación en el poder con todos los vicios que ello eventualmente generaría». 

 

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