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Municipios perderían $ 128 millones anuales del Fondo Sojero si no aprueban Pacto Fiscal

Las alarmas se encendieron en los palacios municipales de la Provincia por la posible pérdida de casi 130 millones de pesos del Fondo Sojero. La disminución está atada a la aprobación del Consenso Fiscal en la Legislatura.

por REDACCIÓN CHUBUT 21/01/2018 - 00.11.hs


Las economías municipales crujen al compás de la indefinición de la aprobación del acuerdo que Mariano Arcioni rubricó con Nación. El bajo porcentaje de recaudación y la merma de ingresos por regalías petroleras que reciben, arrinconaron durante 2017 a un porcentaje grueso de los intendentes. Las excepciones fueron Comodoro Rivadavia, Rada Tilly, Esquel y en menor medida Puerto Madryn, aunque esta intendencia tiene una deuda de 168 millones de pesos en aportes previsionales.
A este entramado complejo financiero de los municipios podría sumarse un nuevo embate: la pérdida de 128 millones de pesos que absorben los municipios en concepto del Fondo Federal Solidario, popularmente conocido como «Fondo Sojero».
El problema radica en que si la Legislatura no aprueba el Consenso Fiscal que firmaron las provincias el 16 de noviembre con Nación, los municipios cederán $ 128 millones anuales que se distribuyen en forma automática a los 27 intendentes y 20 jefes comunales. 
El informe al que accedió el suplemento ECONOMIA & EMPRESAS de diario EL CHUBUT describre que «el Fondo Sojero solo se distribuirá entre aquellas jurisdicciones que adhieran y cumplan con el Consenso Fiscal, con lo cual de no aprobarse el mismo en la Provincia se perderían 391 millones de pesos, de los cuales $ 128.390.000 les corresponden a los municipios por la normativa de coparticipación local».
Como consecuencia de esto, los intendentes no dudaron en firmar un documento solicitando a los diputados provinciales que aprueben el Consenso Fiscal 2017, entre otros proyectos. 

 

¿QUE ES Y PARA QUE SE USA EL FONDO SOJERO?
El Fondo Federal Solidario fue creado en 2009 en la gestión de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner con la finalidad de financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales.
La constitución del Fondo Sojero proviene en forma exclusiva de la porción de los ingresos que percibe el Estado Nacional en concepto de «derechos de exportación de soja». 
La distribución que hace Nación a los distritos por este concepto asciende al 30% del total de los derechos de exportación por la oleaginosa. Asimismo, una vez que llegan los giros a las provincias, los gobernadores deben derramar «al menos un 30% a los municipios».
Los beneficios recaen exclusivamente sobre las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el organismo a cargo de realizar las transferencias a los distritos es el Banco Nación. Los giros se efectúan en forma «diaria y automática». 
Los alcances de la utilización del Fondo Federal Solidario son claros y un artículo de la ley referencia que la inversión del dinero por parte de las  provincias deberá enmarcarse bajo parámetros de «control» que aseguren «la transparencia en la utilización de las remesas». De esta manera, prohíbe rotundamente que este fondo sea utilizado para «el financiamiento de gastos corrientes».

 

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