Ley de Tolerancia Cero y lo que no se acreditó en su aprobación: Una mirada del abogado Bensimon - Últimas Noticias: El Chubut

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Ley de Tolerancia Cero y lo que no se acreditó en su aprobación: Una mirada del abogado Bensimon

El abogado y especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos, Mario Bensimon, brindó una serie de apreciaciones respecto de la Ley de Tolerancia Cero 27714, que modificó la Ley Nacional de Tránsito, y en ese sentido puso de relieve que no se haya probado que el consumo de alcohol permitido por la anterior legislación fuera en la práctica causal de accidentes que fueron  protagonizados por conductores con alcoholemia positiva con esa graduación permitida, que era de 0,5 miligramos de alcohol por litro de sangre.
 

por REDACCIÓN CHUBUT 21/01/2025 - 00.00.hs

Bensimon sostiene respecto del tema planteado, «la regulación sobre ingesta de alcohol a conductores establece restricciones a la libertad individual. Tales restricciones se justifican por los posibles daños a terceros de aquellas decisiones que salen de la esfera privada y puedan ser reguladas por mayorías circunstanciales. En este caso, la Ley 27714 impone un incremento en la restricción a las libertades individuales, modificando la Ley de Tránsito que permitía un máximo de 0.5 de miligramos de alcohol por litro de sangre al actual 0».
Según expuso, a la hora del tratamiento legislativo que concluyó con la actual legislación, «el legislador debió haber acreditado x ej. la cantidad de accidentes protagonizados por conductores que cuenten con una alcoholemia positiva menor al máximo entonces permitido (es decir entre 0 y 0.5 mg/l) que justificara la medida restrictiva. Pero de la lectura del proyecto que se convirtió en Ley 27714 solo surgen fundamentos que justifican las restricciones al consumo de alcohol al conducir, pero de modo alguno aportan motivos para la modificación legislativa que se proponía (de 0.5mg/l a tolerancia O)».
De este modo, señaló, «como en tantas otras oportunidades, la restricción a la libertad individual impuesta por una mayoría circunstancial no parece justificarse empíricamente en los daños a terceros que la conducta podría ocasionar», resaltando que «obviamente la presente opinión no debe entenderse como una oda al consumo de alcohol, sino como una defensa a uno de los pilares de nuestra democracia, el respeto por las decisiones individuales. Solo deben resolverse por mayoría las cuestiones de moral pública, no las privadas», indicó.

 


 

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