Medidas de seguridad para defender a los trabajadores de las minas de uranio
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Las minas de uranio son instalaciones de alto riesgo radiológico y químico, por lo que es preciso adoptar rigurosas medidas de protección de los trabajadores que reduzcan la exposición a la radiación, al polvo contaminado con radionúclidos y a otros riesgos propios de la minería como derrumbes, explosivos, polvo de sílice, etc.
En la provincia del Chubut, por Ley, están prohibidas las explotaciones mineras a cielo abierto, por ello nos abocaremos a informar sobre las medadas a adoptar en las explotaciones subterráneas.
En minas subterráneas se necesita una potente ventilación forzada, para diluir y extraer el gas radón que se desprende de las rocas y sus descendientes que son los principales causantes de cáncer de pulmón entre mineros. Para esta medida se necesita invertir en ventiladores, y en instalación, que suele ser cara, además consumir energía en forma permanente, lo que eleva los costos de la explotación.
Debe llevarse a cabo un permanente y continuo monitoreo ambiental de concentraciones de radón, polvo y la radiación gamma que emiten los descendientes del radón en los frentes de trabajo.
Debe efectuarse el sellado de galerías inactivas para evitar acumulación de radón.
Además de estas medidas generales están las individuales de los trabajadores.
Las empresas operadoras deben proveer respiradores con filtros adecuados en áreas con polvo de uranio., además ropa de trabajo diferenciada y lavable en la propia mina, para evitar llevar contaminación radiactiva al hogar.
Las empresas también deben proveer protección ocular y guantes frente al polvo y los reactivos químicos.
También, y esto es lo más importante y lo que suele no cumplirse: Limitar la jornada laboral en zonas de mayor exposición, respetando dosis máximas permitidas por las normas.
Pero las normas que recomiendan la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP) y las de otras entidades como el IAEA, no son garantía de riesgo nulo.
Dan un límite de gestión basado en un balance entre protección sanitaria y viabilidad laboral/operativa. Protegen a la mayoría de trabajadores frente a un riesgo elevado, pero no eliminan totalmente el riesgo de cáncer inducido por radiación.
El problema más relevante no es sólo la radiación gamma externa, sino la exposición interna a progenie de radón por inhalación, que tiene una fuerte asociación con cáncer de pulmón en mineros.
Estudios modernos confirman una relación lineal entre exposición acumulada a radón y mortalidad por cáncer de pulmón. Por eso, un cumplimiento formal del límite recomendado no basta, si no se controlan específicamente las concentraciones de radón y la inhalación. Las dosis efectivas calculadas pueden subestimar el riesgo pulmonar según cómo se mida o se estime la dosimetría de progenie del radón.
El tabaquismo es sumamente perjudicial. No se deben admitir trabajadores fumadores pues un minero fumador tiene mucho mayor riesgo.
Antes de admitir un trabajador debe efectuarse un profundo estudio de su salud. Los límites de las normas valen sólo si hay monitoreo, registros, control de fuentes y medidas. Regulación sin cumplimiento efectivo es insuficiente.
En las tres imágenes de esta nota los mineros se ven insuficientemente protegidos
Para que los valores que recomiendan las normas sean realmente protectores hay que aplicar optimización y controles específicos: Ventilación eficiente, Monitoreo continuo de radón y dosimetría personal; Protección respiratoria y procedimientos de trabajo, rotación de personal, límites laborales, registro de dosis, y si trabajan mujeres, restricciones para embarazadas, seguimiento médico, cesación tabáquica, etc.
Y, muy importante reducir exposición incluso por debajo de límites cuando sea razonable.
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