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LEGISLACIÓN MINERA CON FALENCIA IV

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Son pocos los países en que el seguimiento de salud se prolonga más allá de la relación laboral. Los países donde existe una obligación más clara, sistemática y jurídicamente estructurada de vigilancia médica post-empleo para trabajadores expuestos a radiación ionizante, son principalmente Francia. Alemania, Canadá, Reino Unido, en parte Estados Unidos y los países de la Unión Europea bajo directivas EURATOM.

Pero hay diferencias importantes entre “seguimiento recomendado”, “registro dosimétrico permanente” y “seguimiento médico activo post-empleo”.

 

Alemania tiene uno de los sistemas más estructurados. Allí existen registros centrales nacionales de dosis, los trabajadores expuestos conservan historial radiológico durante décadas, ciertos trabajadores deben continuar bajo control médico aun después del cese laboral, especialmente si tuvieron dosis elevadas o contaminación interna, el sistema está integrado con medicina laboral obligatoria y seguros estatales de enfermedades profesionales.

 

El marco alemán deriva tanto de su legislación nacional de protección radiológica como de las directivas EURATOM.

 

En minería de uranio de la ex-RDA Wismut, Alemania implementó además seguimientos epidemiológicos de muy largo plazo sobre ex trabajadores, precisamente por el riesgo tardío de cáncer pulmonar y otras patologías.

 

Francia posee un sistema muy robusto de medicina del trabajo, dosimetría nacional, conservación de historiales y seguimiento de trabajadores nucleares y mineros. La vigilancia médica puede continuar tras el empleo cuando hubo exposición significativa, contaminación interna, incorporación de radionucleidos o riesgos específicos reconocidos.

 

Además, los ex trabajadores pueden acceder a vigilancia reforzada por enfermedades profesionales reconocidas. Probablemente es el país occidental con mayor tradición institucional de seguimiento de trabajadores nucleares civiles.

 

Reino Unido desarrolló durante décadas programas de seguimiento de trabajadores nucleares a través del National Registry for Radiation Workers (NRRW), con estudios epidemiológicos longitudinales, y vigilancia médica ocupacional.

 

Si bien no todos los ex trabajadores reciben controles médicos periódicos automáticos de por vida, existe trazabilidad dosimétrica, posibilidad de seguimiento prolongado y monitoreo epidemiológico continuo.

 

Canadá tiene requisitos particularmente estrictos en minería de uranio, especialmente en Saskatchewan. Allí hay vigilancia dosimétrica continua; registros históricos extensos; programas epidemiológicos y seguimiento sanitario prolongado de ex mineros en ciertos casos.

 

La Comisión Canadiense de Seguridad Nuclear (CNSC) y autoridades provinciales mantienen sistemas bastante rigurosos. El propio OIEA suele citar a Canadá como referencia en vigilancia ocupacional.

 

Estados Unidos tiene registros históricos muy completos; programas epidemiológicos enormes; compensaciones federales y vigilancia específica en algunos sectores.

 

Pero el seguimiento médico post-empleo no es universal ni automático para todos los trabajadores expuestos. Depende mucho de la empresa, el sector, el sitio, de los sindicatos, con litigios, o programas federales específicos.

 

Por ejemplo, ex trabajadores de Hanford, Savannah River o minas de uranio sí tuvieron programas especiales, otros sectores tuvieron controles mucho más limitados.

 

En la Unión Europea la obligación es más fuerte que en América Latina. Las directivas EURATOM obligan a conservar historiales dosimétricos y médicos; vigilancia ocupacional; evaluación de aptitud y disponibilidad futura de registros sanitarios.

 

Eso no significa que todos los países hagan controles médicos activos de por vida, pero sí existe una obligación mucho más clara de trazabilidad, conservación documental y acceso a seguimiento por riesgo ocupacional.

 

Argentina está bastante por detrás de esos modelos. Existe control durante el empleo, dosimetría ocupacional, exámenes periódicos, y vigilancia radiológica mientras dura la relación laboral.

 

Pero, como ya dijimos, no existe un sistema general, obligatorio y sistemático de seguimiento post-empleo prolongado para todos los trabajadores expuestos.

 

Ese es precisamente uno de los puntos más cuestionados por especialistas en salud ocupacional y por ex trabajadores de minería de uranio y del sector nuclear.

 

Las propias normas internacionales del OIEA indican que deben existir servicios de vigilancia de salud adecuados y conservación de registros.

 

Sin embargo, entre “conservar registros” y “hacer seguimiento médico activo durante décadas” hay una diferencia enorme. Y muchos países, incluyendo Argentina, cumplen lo primero y no lo segundo.

 

Algunos países han ido más lejos:

 

Estados Unidos programas específicos para ex-mineros de uranio, compensaciones (Ley RECA) y seguimiento en algunos casos.

 

Alemania, caso Wismut, seguimiento sanitario prolongado de ex-trabajadores

 

Argentina está por detrás en este aspecto. Ya sabemos que no hay obligación legal general de seguimiento post-empleo para trabajadores de minas de uranio en Argentina.

 

El sistema depende de que la enfermedad aparezca y sea reconocida. Esto deja un vacío importante frente a riesgos de aparición tardía.

 

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