Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre por abuso sexual contra su pareja - Últimas Noticias: El Chubut

Esquel

Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre por abuso sexual contra su pareja

Tras el veredicto unánime de culpabilidad dictado por un jurado popular, el juez técnico impuso una pena de siete años y medio de prisión para un hombre de Esquel. La Fiscalía había solicitado diez años y la declaración de reincidencia.

por REDACCIÓN CHUBUT 03/07/2026 - 10.55.hs

Un hombre fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión por el delito de abuso sexual contra su pareja, luego de que un jurado popular lo declarara culpable por unanimidad. La pena fue dada a conocer este jueves por el juez técnico, tras la audiencia de cesura en la que las partes debatieron el monto de la condena.

 

La Fiscalía había solicitado diez años de prisión y la declaración de reincidencia del imputado. Sin embargo, el magistrado consideró que la pena de siete años y medio constituye una respuesta proporcional y adecuada a la gravedad de los hechos acreditados en el juicio.

 

Los agravantes valorados por el tribunal

Al fijar la pena, el juez ponderó como agravante el vínculo de pareja y convivencia existente entre la víctima y el condenado, circunstancia que colocó a la mujer en una situación de especial vulnerabilidad.

 

También tuvo en cuenta el daño psicológico acreditado durante el debate oral mediante informes periciales especializados, que describieron las secuelas sufridas por la víctima tras la agresión.

 

“Corresponde imponer la pena considerando la gravedad objetiva del hecho, la entidad del reproche formulado en virtud de la especial situación de vulnerabilidad de la víctima aprovechada por el sujeto activo y la magnitud del daño causado”, señaló el juez.

 

Marco legal y violencia de género

La sentencia se apoyó en la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que define la violencia de género como toda conducta que afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual o seguridad personal de las mujeres basada en una relación desigual de poder.

 

El tribunal consideró que la violencia sexual constituye "una vulneración del derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su vida sexual mediante el uso de la fuerza, la coerción o la intimidación, y entendió que esos extremos quedaron acreditados en el juicio".

 

La acusación original también incluía el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. No obstante, el juez hizo lugar al planteo de la defensa y declaró extinguida la acción penal respecto de ese delito por prescripción, al considerar vencidos los plazos legales para su persecución.

 

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