ARCA prorrogó Ganancias: las dos fechas clave de septiembre a tener en cuenta - Últimas Noticias: El Chubut

Nacionales

ARCA prorrogó Ganancias: las dos fechas clave de septiembre a tener en cuenta

La Agencia de Recaudación extendió el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 y modificó el vencimiento del primer anticipo de 2026. El pago del saldo del período anterior no fue prorrogado.

por REDACCIÓN CHUBUT 18/09/2026 - 11.42.hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó nuevamente el calendario del Impuesto a las Ganancias y fijó dos nuevos vencimientos para septiembre de 2026. Las fechas corresponden a la presentación de la declaración jurada del período fiscal 2025 y al primer anticipo de Ganancias correspondiente a 2026.

 

La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto aquellas comprendidas en el régimen general como las adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada. La modificación fue establecida mediante la Resolución General 5890/2026, publicada el 25 de agosto en el Boletín Oficial.

 

De acuerdo con el nuevo cronograma, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el martes 22 de septiembre de 2026, inclusive, para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.

 

El vencimiento original había sido fijado para el 27 de agosto, por lo que se trata de una nueva modificación de un calendario que ya había sido prorrogado anteriormente.

 

¿Qué pasa con el pago de Ganancias 2025?

La prórroga establecida por ARCA contempla únicamente la presentación de la declaración jurada, pero no modifica el vencimiento correspondiente al pago del saldo del Impuesto a las Ganancias 2025.

 

La normativa mantiene el 27 de julio de 2026 como fecha límite para ingresar el saldo resultante. Por lo tanto, la extensión hasta septiembre no significa que los contribuyentes tengan plazo hasta esa fecha para pagar el impuesto correspondiente al ejercicio 2025.

 

De esta manera, deben distinguirse dos obligaciones: el 22 de septiembre corresponde a la presentación de la declaración jurada, mientras que el 27 de julio fue la fecha establecida para el pago del saldo.

 

La modificación figura en el artículo 1° de la Resolución General 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial.

 

Según explicó ARCA, la extensión responde a razones de administración tributaria y tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. El organismo también señaló que la decisión surgió a partir del diálogo mantenido con entidades que agrupan a profesionales de Ciencias Económicas.

 

Cuándo vence el primer anticipo de Ganancias 2026

La segunda modificación relevante está relacionada con el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.

 

ARCA estableció de manera excepcional que esta obligación podrá cumplirse hasta el jueves 24 de septiembre de 2026, inclusive.

 

El organismo confirmó el cambio e informó que el primer anticipo fue trasladado al 24 de septiembre, en conjunto con la extensión del plazo para presentar la declaración jurada correspondiente a 2025.

 

Así, los contribuyentes alcanzados deberán tener en cuenta dos fechas durante septiembre: el 22 de septiembre para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 y el 24 de septiembre para ingresar el primer anticipo de Ganancias 2026.

 

La principal aclaración es que se trata de obligaciones diferentes. La prórroga de septiembre no modifica el vencimiento que correspondió al pago del saldo de Ganancias 2025 ni implica una extensión general de todas las obligaciones vinculadas con el impuesto.

 

¿Querés recibir notificaciones de alertas?