Regionales

Arcioni promulgó reformas realizadas por Legislatura y ya no se podrán tramitar amparos contra el Estado ante un juez de primera instancia

Ya rige la reforma a la legislación sobre amparos y cautelares contra el Estado. Reduce las posibilidades de acción inmediata como fueron los planteos salariales que realizaron magistrados y que aún se están pagando.

por REDACCIÓN CHUBUT 10/12/2021 - 00.00.hs

El gobernador Mariano Arcioni promulgó esta semana las modificaciones que hizo la Legislatura a la legislación referida a los amparos y cautelares contra el Estado. De este modo, se morigeran situaciones como la oleada de presentaciones que realizaron en su momento funcionarios judiciales por un reclamo salarial y que aún hoy la Provincia sigue pagando. La promulgación se publicó en el Boletín Oficial del lunes 6 de diciembre.
Hasta ahora, ante una presentación se dictaba una medida cautelar; a partir de estas modificaciones los amparos deberán ser resueltos por un camarista y se deberá correr vista de manera obligatoria al gobierno. 
El promotor de estos cambios fue el presidente de la bancada oficialista en la Legislatura, Juan Pais, logrando el acompañamiento para su aprobación. Planteó en su momento que el ordenamiento procesal trabaja al Estado como si fuera un ciudadano común al momento de dictar medidas cautelares sin correrle vista al Estado y así, se tomaban medidas que terminaban siendo perjudiciales para los los servicios que afectaban a otros ciudadanos. 
«En la reforma, solamente se pide que se corra una vista muy breve al Estado, previo a dictar la medida, de modo tal que se puedan sortear este tipo de situaciones injustas que pueden ocurrir cuando no se miran las otras obligaciones», dijo Pais en una entrevista a la agencia ADN Sur. A modo de ejemplo, mencionó que «en materia de salud se pide la prestación de un medicamento que quizás tiene reemplazo y puede costar 10 millones de pesos, y a veces el juez desconoce que puede haber un sustituto que cuesta un millón, y dicta la medida que obliga al estado a cumplir, pero quizás deja sin salud a un montón de ciudadanos, porque los recursos son escasos».
Hubo casos por ejemplo de jubilados que cobraban con algún atraso y se logró una medida cautelar y, sin juicio completo, se les tuvo que pagar un millón de pesos. Es decir que se permitía que el amparo se promoviera ante el juez que elegía el actor, que era cualquiera, y ocurría que uno podía promover un amparo civil ante un juez penal, o con un juez de ejecución o de familia.
 

 

¿Querés recibir notificaciones de alertas?