Confirman la prisión perpetua para el acusado de matar a un policía en Cushamen
La Cámara en lo Penal de Esquel confirmó la condena contra Néstor Gastón Nahuelquir por el homicidio del efectivo Adrián Nahuelquir, cometido en 2023. El tribunal sostuvo que el ataque fue alevoso y motivado por odio a la institución policial.
por REDACCIÓN CHUBUT 06/03/2026 - 12.24.hs
La Cámara en lo Penal de Esquel confirmó la condena a prisión perpetua contra Néstor Gastón Nahuelquir, declarado penalmente responsable por el homicidio de Adrián Nahuelquir, efectivo de la Policía del Chubut. El crimen ocurrió durante la madrugada del 24 de diciembre de 2023 en el Paraje Blancura, en la zona de Cushamen.
De esta manera, el tribunal de alzada ratificó el veredicto dictado previamente por un jurado popular. Los magistrados destacaron que la decisión se sustentó en la solidez de las pruebas presentadas por el Ministerio Público Fiscal, que permitieron acreditar que el ataque se produjo de forma sorpresiva, a traición, y estuvo motivado por el odio hacia la institución policial.
El hecho se produjo durante una reunión vecinal conocida como “señalada”. En el juicio se acreditó que el condenado se aproximó por detrás a la víctima, quien se encontraba conversando con otras personas en una ronda, y le asestó una puñalada mortal utilizando un cuchillo de gran tamaño.
Durante la instancia de revisión, la defensa de Nahuelquir cuestionó la aplicación de la agravante de alevosía —que implica actuar sobre seguro y sin riesgo—. Argumentó que el hecho ocurrió en presencia de varias personas y que, al tratarse de un policía, la víctima podría haber recibido ayuda. Sin embargo, la Cámara rechazó ese planteo y coincidió con la Fiscalía en que la agresión fue tan repentina que nadie pudo reaccionar a tiempo para impedir el ataque, ni siquiera quienes estaban presentes.
El Ministerio Público Fiscal tuvo un rol central para sostener la acusación y la pena máxima. La investigación permitió probar no solo la autoría del homicidio, sino también las dos agravantes que derivaron en la condena a reclusión perpetua.
Por un lado, se acreditó la alevosía mediante testimonios y pericias que demostraron que el agresor se aprovechó del estado de indefensión de la víctima para asegurar el resultado mortal sin exponerse a riesgos. Por otro, se comprobó que el ataque estuvo motivado por odio hacia la autoridad policial, ya que luego de la agresión el acusado lanzó insultos contra la víctima, entre ellos la frase “toma, milico de mierda”, lo que evidenció que actuó por su condición de integrante de la fuerza.
Finalmente, los jueces concluyeron que el veredicto del jurado popular se basó en una lógica probatoria válida y razonable impulsada por la acusación. Al establecer que el homicidio fue cometido con perfidia y deslealtad, la Cámara confirmó que la única pena aplicable en este caso es la prisión perpetua.
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