Condenaron a cinco años de prisión a un hombre por abusar de su hijastra
La sentencia fue dictada por la jueza Carolina Marín tras un juicio oral realizado en Trelew. El imputado fue declarado penalmente responsable por abuso sexual agravado en perjuicio de una niña y por incumplir una medida judicial vigente.
por REDACCIÓN CHUBUT 27/05/2026 - 12.43.hs
La jueza Carolina Marín condenó a S.A.C. a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo tras encontrarlo autor penalmente responsable de abuso sexual agravado en perjuicio de una niña y del delito de desobediencia a una orden judicial. La sentencia fue dictada luego del juicio oral desarrollado durante varias jornadas en la sala de la Oficina Judicial, en el tercer piso de los tribunales de Trelew.
De acuerdo a lo informado por el Ministerio Público Fiscal, la fiscal general Claudia Ibáñez logró acreditar durante el debate los hechos atribuidos al acusado mediante las pruebas documentales y testimoniales incorporadas al proceso.
Según la acusación, el primero de los hechos ocurrió en fecha posterior a marzo de 2015 cuando la víctima contaba con siete años y hasta abril de 2018, ya con la niña de diez años de edad. Los episodios habrían tenido lugar en una vivienda de Gaiman donde la menor residía junto a su madre, un hermano y el acusado, quien era pareja de la madre.
La investigación sostuvo que el imputado, aprovechando la convivencia preexistente y la relación familiar existente, actuaba cuando la niña se encontraba sola y la llevaba a una habitación de la vivienda, situación que se habría repetido en distintas oportunidades. Además, se incorporó otro episodio relatado por la víctima en Cámara Gesell, ocurrido mientras ambos se trasladaban solos en un vehículo hacia Trelew.
Según se expuso en el juicio, la niña habría recibido amenazas de que algo malo le sucedería a su madre o a sus hermanos para evitar que relatara lo sucedido.
Otro de los hechos atribuidos ocurrió el 3 de marzo de 2024. Según la acusación fiscal, S.A.C. se presentó en un domicilio de Gaiman donde residían su expareja, el hijo en común y la víctima, a pesar de tener vigente una prohibición de acercamiento.
La medida judicial había sido dictada el 6 de noviembre de 2023 por un plazo de 180 días y el acusado se encontraba notificado. Tras la presencia del hombre en el domicilio, la mujer dio aviso al personal policial, que intervino y concretó su aprehensión.
Luego de analizar la prueba reunida durante el juicio, la magistrada resolvió condenar a S.A.C. a cinco años de prisión efectiva, accesorias legales y costas del proceso por resultar autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por la convivencia preexistente en contexto de violencia de género y en modalidad de delito continuado, además del delito de desobediencia a una orden judicial, ambos en concurso real.
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