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Abrió la inscripción para subsidios al consumo de gas y electricidad, que regirá desde agosto

El formulario para la inscripción de usuarios de cara a la continuidad de la percepción de los subsidios al consumo de gas y electricidad, que comenzará a regir el 1 de agosto, ya está disponible en el sitio web www.argentina.gob.ar/subsidios y en la aplicación Mi Argentina.
 

por REDACCIÓN CHUBUT 15/07/2022 - 09.32.hs

Aquellos interesados en completarlo podrán hacerlo según la terminación de su Documento Nacional de Identidad (DNI), ingresando al sitio www.argentina.gob.ar o a través de la aplicación Mi Argentina, ingresando por la solapa de "trámites".

Para los DNI finalizados en 0, 1 y 2, la inscripción es desde hoy y hasta el 19 de julio; para los que terminan en 3, 4 y 5, entre el 20 y el 22; y para resto, del 23 al 26 de julio.

El decreto 332/2022 estableció "un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".

Además determinó las características de los niveles de usuarios a los efectos de definir las características de la segmentación.

El nivel 1 está integrado por los usuarios de mayores ingresos "que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio", con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97.

Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o "ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena".

El nivel 2, de menores ingresos, toma como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad.

En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

El nivel 3 está integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad.

Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.

 

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