ARCA actualizó el régimen de IVA para operaciones realizadas a través de plataformas digitales
La actualización busca precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y establecer parámetros más claros sobre la determinación del tributo por parte de intermediarios y proveedores que actúan en entornos digitales.
por REDACCIÓN CHUBUT 02/12/2025 - 09.14.hs
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen especial de ingreso del IVA que alcanza a las operaciones de venta de bienes, locaciones y servicios efectuadas electrónicamente mediante plataformas digitales. Los cambios fueron oficializados a través de la Resolución General 5794/2025, según informó la Agencia Noticias Argentinas.
La actualización ajusta aspectos de la Resolución General 5319, considerada la normativa base del esquema vigente. El organismo indicó que las modificaciones buscan precisar el alcance operativo de los sujetos alcanzados y ofrecer reglas más claras para la determinación del tributo tanto para intermediarios como para proveedores que actúan en entornos digitales.
El texto establece que el régimen comprende transacciones concertadas por medios electrónicos dentro de plataformas que facilitan la oferta, difusión o intermediación de bienes y servicios. También señala que quienes deban actuar como agentes de percepción o de ingreso del impuesto deberán cumplir con los procedimientos previstos en los sistemas fiscales habilitados, según confirmó la Agencia Noticias Argentinas.
La resolución dispone que los sujetos incluidos deben registrar las operaciones en los sistemas informáticos establecidos por ARCA, con el objetivo de asegurar trazabilidad, control y cumplimiento de las obligaciones vinculadas al IVA. Además, enfatiza que las plataformas digitales involucradas deberán aplicar los mecanismos de ingreso definidos para garantizar la recaudación correspondiente.
El documento detalla que los valores, parámetros y condiciones de aplicación se encuentran desarrollados en el anexo técnico que acompaña la medida y que está disponible en la edición web del Boletín Oficial. Allí se especifican los criterios metodológicos y lineamientos de cálculo aplicables a las operaciones electrónicas.
ARCA explicó que la resolución se dicta bajo sus facultades de fiscalización, control y recaudación, y forma parte de un proceso de adecuación normativa iniciado con anterioridad, destinado a reorganizar los regímenes de percepción asociados a actividades con intermediación digital.
Finalmente, la disposición ordena comunicar los cambios a las áreas de control fiscal y archivar el expediente una vez cumplidas las formalidades administrativas. El organismo aclaró que el régimen actualizado comenzará a regir desde la fecha indicada en el anexo y conforme a las disposiciones operativas fijadas para el ámbito tributario digital.
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