Caso Danese: la familia acompañó el acuerdo judicial que cerró la causa con una condena condicional
La jueza homologó el acuerdo abreviado tras el consentimiento de la familia de Diego Danese
por REDACCIÓN CHUBUT 24/10/2025 - 20.06.hs
La jueza penal Yamila Flores homologó un acuerdo de juicio abreviado en el que S.A. reconoció su culpabilidad y fue condenada a tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir vehículos automotores, por el delito de homicidio culposo agravado.
El acuerdo fue presentado de manera conjunta por el abogado querellante Francisco Castagnoli en representación de Carla Bonicatto y Kamila Danese —ex pareja e hija de la víctima respectivamente—; el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Jorge Bugueño; y la defensa, ejercida por el abogado Fabián Gabalachis.
Durante la audiencia, la familia de la víctima prestó su conformidad al acuerdo, que contempla la pena de prisión en suspenso, la inhabilitación para conducir por cinco años y el cumplimiento de las reglas de conducta del artículo 27 bis del Código Penal, entre ellas la prohibición de consumir alcohol o estupefacientes en exceso, fijar residencia y someterse a control periódico ante la Oficina Judicial. Además, la imputada deberá acreditar ante sus profesionales tratantes si requiere o no un tratamiento por consumo problemático de alcohol o drogas, y continuar con el seguimiento psicológico y psiquiátrico que mantiene desde el hecho.
En su resolución, notificada la tarde del jueves, la jueza Flores consideró que la pena acordada resulta “razonable y proporcional” al delito atribuido, destacando la admisión de responsabilidad de la imputada, su colaboración durante el proceso y el acompañamiento y satisfacción de las víctimas con la solución alcanzada. El fallo dispone también el levantamiento del embargo e inhibición de bienes una vez firme la sentencia y la notificación de la inhabilitación de conducir a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y al área de Tránsito de la Municipalidad de Puerto Madryn.
El hecho ocurrió el 30 de enero de 2025 en Puerto Madryn, cuando la imputada atropelló a Diego Martín Danese, quien circulaba en la misma dirección en bicicleta y falleció a causa del impacto.
¿Qué es un juicio abreviado?
El juicio abreviado, previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal del Chubut, es un procedimiento especial mediante el cual el imputado admite su responsabilidad penal y las partes —Fiscalía con el acuerdo de las víctimas, la defensa y, en su caso, la querella— acuerdan una pena. El juez controla que el acuerdo sea voluntario y razonable y, si lo homologa, dicta directamente la sentencia condenatoria, sin necesidad de realizar un juicio oral. Este mecanismo permite acelerar la resolución del caso, evitar la revictimización y brindar una respuesta judicial más ágil, además de que la condena dictada no puede ser apelada por la defensa al haber sido consentida.
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