Esquel

Cinco años de prisión y reparación económica para un hombre que incendió la casa de su expareja

Jorge Oscar López fue condenado mediante un acuerdo de juicio abreviado por provocar un incendio que puso en riesgo la vida de dos adolescentes. Admitió su responsabilidad y pagó en la audiencia la primera cuota de la reparación.

por REDACCIÓN CHUBUT 27/11/2025 - 13.02.hs

Jorge Oscar López fue condenado a cinco años de prisión por incendiar la casa de su expareja, en un hecho que puso en riesgo la vida del hijo de la mujer y de un amigo que dormían en el lugar. La sentencia se dictó tras un acuerdo de juicio abreviado que incluyó una reparación económica y que contó con el aval de ambas víctimas.

 

Según la acusación, López ingresó al domicilio, verificó que su expareja no estaba y prendió fuego prendas de vestir, lo que desató un incendio que se propagó rápidamente. En la vivienda dormían el hijo de la víctima y un amigo, quienes lograron escapar por la ventana para evitar las llamas.

 

Durante la audiencia, la fiscal María Bottini explicó que la Fiscalía tenía previsto llevar el caso a juicio por jurados, pero consideró razonable la decisión de las víctimas de cerrar el proceso mediante un acuerdo abreviado. Sostuvo que se trata de una solución “respetuosa del interés de quienes resultaron perjudicadas” y que, además de la pena de prisión, garantiza una reparación económica por los daños del incendio.

 

En la sala estuvieron presentes la víctima —expareja del imputado y madre de uno de los adolescentes—, la madre del otro joven afectado y familiares de López, quienes coincidieron en aceptar la propuesta que implicaba que el hombre reconociera su responsabilidad y recibiera una condena firme por el delito de incendio con peligro común para bienes y personas.

 

La Asesoría de Familia también se manifestó conforme con la resolución, destacando que se arriba a una sentencia rápida, firme y reparadora para las víctimas. Bottini recordó que las normas de protección integral para mujeres víctimas de violencia de género establecen que su voluntad debe ser escuchada y que tienen derecho a recibir una compensación económica por los perjuicios sufridos.

 

El defensor particular subrayó la “voluntad constante” del imputado de asumir su responsabilidad desde el inicio del proceso, y sostuvo que López “no es una persona violenta”, aunque cometió “un error y lo pagará caro”. Además, informó que el acusado estaba dispuesto a pagar de inmediato la primera cuota del acuerdo económico y renunciaba a los plazos procesales para que la sentencia quedara firme de manera inmediata.

 

Ambas víctimas fueron oídas durante la audiencia y se pronunciaron a favor del acuerdo.

 

Con estos elementos, el juez homologó el entendimiento entre las partes y condenó a López a cinco años de prisión, con costas y la obligación de cumplir con la reparación económica pactada. Finalizada la audiencia, el imputado efectuó la transferencia correspondiente a la primera cuota.

 

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