Regionales

¿Es necesaria una auditoría en la Cooperativa Eléctrica?

Si lo que se pretende es realizar una fiscalización profunda de la Cooperativa Eléctrica de Trelew evidentemente que sí. El régimen de las cooperativas se encuentra establecido en una ley que se dictó en el año 1973. La ley 20.337 fue dictada en el gobierno militar, con la presidencia de Lanusse, y englobó a las cooperativas en general y también aquellas prestatarias de servicios públicos sobre las que se determinó que podían ser fiscalizadas por la autoridad respectiva, el Instituto Nacional de Acción Cooperativa o el órgano local competente.

En esta fiscalización se estableció que se limitaría a vigilar el cumplimiento de las condiciones de la concesión o el permiso y las obligaciones estipuladas a favor del público. Pero dejando de lado la ley, y las atribuciones que se le otorgan al juez competente, dado el carácter privado de las cooperativas, desde un punto de vista estrictamente del sentido común podemos observar como han proliferado las cooperativas para eludir algunas obligaciones, o generar trabajos prácticamente informales. En el caso de las prestatarias de servicios públicos, por actos de concesión municipal, la población ha visto disminuir la calidad de las prestaciones. En el caso de Trelew no solamente tenemos un sistema de alumbrado público que se encuentra con conos de sombra en varios sectores de la ciudad, con un sistema de cloacas obsoleto y en algunos casos inexistentes y un sistema de cobro del servicio de agua que no responde al efectivo consumo de la misma. Lo que significa que, en general, hace demasiado tiempo que no se realizan inversiones en la ciudad y prácticamente tenemos calles que parecen un campo minado o bombardeado por efecto de reparaciones que nunca se terminan de concluir. No obstante se ha visto, independientemente de las abultadas deudas asumidas, los actos discrecionales efectuados y la situación de quebranto en la que se encuentra, con un aumento progresivo del pago de los servicios. Ello se desprende de las intimaciones que han recibido de la empresa Cammesa en forma directa y también a la entidad concedente. Esto, de concretarse y no pagarse por quien debe hacerlo recaerá nuevamente sobre la población, socios obligados del monopolio de la distribución, pese haber abonado el rubro que le correspondía a la empresa proveedora de la energía, según la facturación. Resulta también sorprendente que el Estado provincial, a través de la Dirección General de Servicios Públicos, sea deudor de una cifra astronómica lo que sin lugar a dudar implica una responsabilidad funcional que alguien debería asumir y no solamente ignorar como se hace en la actualidad. Es evidente que se hace necesario resolver una situación que afecta al socio domiciliario y al comercio en general lo que implicará no desviar la atención por parte de los funcionarios municipales. La flexibilidad en el tratamiento de la cuestión desconoce la realidad como también las ideas que pretenden llevar adelante la creación de una nueva empresa estatal provincial de energía, lo que creo sería un desatino. Aumentar las obligaciones del Estado Provincial cuando no demuestra en su historia el cumplimiento de las mismas y no dar una respuesta adecuada al pedido de esclarecimiento y a la publicidad y transparencia de sus actos, cuando es normal que deba ocurrir, resulta no querer reconocer cual es el verdadero origen de la situación que hoy enfrentamos. Seguramente deben existir responsables o, si no los hay, aclarar donde ha ido a parar todo el dinero que ha sido recaudado y que no ha tenido el destino que correspondía. En principio podemos con toda razón sostener la malversación de caudales hasta que se nos demuestre lo contrario.-
 

 

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